Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 20/4/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 10

BOLETIN OFICIAL

17473/11/11. Subdirección, 10 de abril de 2012.
Fdo. Mariela J. Dupont, Subdirectora, Dirección General del Registro Público de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén.
1p 20-04-12


centro de dermatología y estética BECEF
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Razón Social: centro de dermatología y estética BECEF Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio Social: Antártida Argentina Nro. 1.064 de la ciudad de Neuquén, provincia del Neuquén. Fecha de Constitución:
por Instrumento Privado de fecha 24 de febrero del 2012, Instrumentos Modificatorios de fecha 16
y 28 de marzo del 2012 y acta de designación de gerente y fijación de domicilio social de fecha 24
de febrero de 2012. Duración: 99 años. Socios:
Sras. María Belén Alcaraz, D.N.I. Nº 26.428.437, de nacionalidad argentina, de estado civil casada en primeras nupcias con el Sr. Juan Pablo Canavoso, D.N.I. N 26.989.156, nacida el día ocho 8 de marzo del año 1978, de profesión Médica Dermatóloga, domiciliada en la calle Atlántida Nro. 393, Barrio Rincón de Emilio de la ciudad de Neuquén, provincia del Neuquén; y la Sra. María Fernanda Prieto Redondo, D.N.I. N 24.447.663, de nacionalidad argentina, de estado civil casada en primeras nupcias con el Sr. Alejandro Javier Lupiañez, DNI 26.148.913, nacida el día trece 13 de julio de 1975, de profesión Licenciada en Economía, domiciliada en Barrio Los Olivos, Unidad Funcional 62 de la ciudad de Centenario, provincia del Neuquén. Objeto: Tendrá la sociedad por objeto realizar por cuenta propia y/o asociada a terceros, en participación y/o en comisión o de cualquier otra manera en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, las siguientes actividades: asesoramiento, diagnóstico y tratamientos médicos, quirúrgicos y estéticos faciales y corporales; tratamientos ambulatorios o con internación, depilación definitiva con láser y/o cualquier tipo de actividad relacionada con la prestación de servicios médicos, dermatológicos y estéticos. También se dedicará a la importación, exportación y compraventa, al por menor y por mayor de productos, materiales y maquinarias
Neuquén, 20 de Abril de 2012

para todo tipo de tratamientos médicos, estéticos y de belleza. Capital Social: El capital societario se establece en dieciocho mil $18.000, que se dividen en ciento ochenta cuotas de pesos cien $100,00, valor nominal cada una, totalmente suscriptas por cada uno de los socios de acuerdo con el siguiente detalle: noventa cuotas 90 por la suma de pesos nueve mil $9.000 para la Sra.
María Belén Alcaraz y noventa cuotas 90 por la suma de pesos nueve mil $9.000 para la Sra.
María Fernanda Prieto Redondo. Las cuotas se integran en un veinticinco por ciento en dinero en efectivo. Los socios se obligan a integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años computados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad.
La reunión de socios dispondrá el momento en que se completará la integración. Administración:
La administración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de uno o más gerentes en forma individual e indistinta, socios o no, por tiempo indeterminado, siendo reelegibles.
En tal carácter tiene/n todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, incluidos los enunciados en el artículo 1881 del código Civil.
A tal fin el/ los gerentes podrán comprar, gravar vender y locar toda clase de bienes muebles o inmuebles, operar con todos los bancos oficiales y privados, realizar operaciones con entes autárquicos o empresas del Estado nacional, provincial o municipal etc.. Para comprometer a la sociedad en prestaciones a título gratuito, fianzas, o garantías el gerente deberá obtener el consentimiento social brindado mediante la mayoría absoluta de capital. Reemplazo: El/los gerentes pueden ser reemplazados en cualquier momento por la aprobación de la mayoría simple del capital presente en asamblea de socios. Garantía: Los gerentes titulares -socios o nodeberán constituir una garantía conforme los arts. 256 y 157 de la L.S.
en favor de la sociedad por el plazo que dure su mandato, más el período de prescripción de las acciones individuales que puedan realizarse en su contra. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 256 de la ley 19550, los Gerentes constituirán una garantía por la suma de pesos cinco mil $5.000. Será suficiente garantía la contratación en favor de la sociedad de un seguro de caución o un seguro de responsabilidad civil D&O, o similares. Al momento de asumir el cargo el gerente

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 20/4/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date20/04/2012

Page count44

Edition count1319

First edition12/01/2001

Last issue12/07/2024

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