Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 1/4/2011

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 01 de Abril de 2.011

BOLETIN OFICIAL

robo con armas de fuego en grado de tentativa Arts. 166 inc. 2º y 42 del Código Penal, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento y la declaración de reincidencia, más la inhabilitación absoluta por igual término de la condena y costas del proceso Art. 12 y 50 del Código Penal; 491 y 494 del C.P.P. y C.. En consecuencia, agotará la pena impuesta el día 12 de octubre de 2014 a las doce horas. Secretaría de Cámara, 24 de febrero del 2011. Fdo. Elena Figueroa Napal, Prosecretaria.
1p 01-04-11


El Dr. Mario Rodríguez Gómez, Presidente de la Cámara en lo Criminal Primera de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia firme Nº 65 de fecha 29 de diciembre del 2010 recaída en Expte. 62 - Año 2010, Gabriel Enrique Mora, D.N.I.
27.520.455, nacionalidad argentina, nacido el 18
de junio de 1979, en Sierra Grande, Pcia. de Río Negro, hijo de Enrique Omar Mora y de Susana Dalmira Calvo, fue condenado como coautor material penalmente responsable del delito de robo con armas de fuego en grado de tentativa Arts.
166 inc. 2º y 42 del Código Penal, a la pena de cuatro años y ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento y la declaración de reincidencia, más la inhabilitación absoluta por igual término de la condena y costas del proceso Art. 12 y 50 del Código Penal; 491 y 494 del C.P.P. y C.. En consecuencia, agotará la pena impuesta el día 12 de diciembre de 2014 a las doce horas. Secretaría de Cámara, 24 de febrero del 2011. Fdo. Elena Figueroa Napal, Prosecretaria.
1p 01-04-11
El Dr. Gustavo R. Belli, Juez a cargo del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº Tres de Neuquén Capital, con asiento de funciones en calle Rivadavia Nº 211 de la ciudad de Neuquén Capital, Secretaría Única, ha dispuesto en los autos caratulados:
Pérez Paula c/Lipigual Ramírez Alejandro s/D. y P. Res. Contractual Particulares, Expte. Nº 395372/9, citar al Sr. Lipigual Ramírez Alejandro para que comparezca en autos en el plazo de diez 10 días a estar a derecho en los términos del Art.
343 del CPCC, bajo apercibimiento de designarle
PAGINA 25

Defensor Oficial de Ausentes. Neuquén, 11 de marzo de 2011. Publíquese por dos 2 días. Fdo.
Dra Alejandra B. Márquez, Prosecretaria.
1p 01-04-11


La Cámara en Todos los Fueros de la III Circunscripción Judicial de la Provincia del Neuquén, con asiento en la ciudad de Zapala, Secretaría a cargo de la Dra. Karina Tisot, comunica: Que por Sentencia dictada el 01 de noviembre de 2006, en autos: Reynoso Norma, Mora Ada Edith s/
Peculado en el Carácter de Coautoras, Expte.
3469/06, se Resolvió: ICondenar a Norma Reynoso, argentina, nacida el 16/04/1947, soltera, jubilada, DNI 5.422.725, domiciliada en la localidad de Loncopué, Pcia. del Neuquén, como coautora material y responsable del delito de Peculado Arts. 45 y 261 primer párrafo del Código Penal perpetrado en perjuicio de la Municipalidad de Loncopué, a la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional Art. 26, e inhabilitación absoluta y perpetua para el ejercicio de cargos públicos electivos o que impliquen la administración, percepción o custodia de fondos o bienes del Estado Provincial o Municipal, más las costas del proceso. IICondenar a Ada Edith Mora, argentina, nacida el 21/10/1964, casada, docente, DNI 17.246.719, domiciliada en la localidad de Loncopué, como coautora material y responsable del delito de Peculado Arts. 45 y 261
primer párrafo del Código Penal perpetrado en perjuicio de la Municipalidad de Loncopué, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión de ejecución condicional Art. 26, e inhabilitación absoluta y perpetua para el ejercicio de cargos públicos electivos o que impliquen la administración, percepción o custodia de fondos o bienes del Estado Provincial o Municipal, más las costas del proceso. IIIIVComuníquese Fdo. Dres.: Enrique Luis Modina; Oscar Antonio Rodeiro y Víctor Hugo Martínez Jueces de Cámara; Dra. Natalia Stornini Secretaria de Cámara. Dado, sellado y firmado por ante mí que doy fe. Zapala, 13 de octubre de 2010. Fdo. Dra. Karina Tisot, Secretaria.
1p 01-04-11
La Cámara de Juicio en lo Criminal de la III

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 1/4/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date01/04/2011

Page count32

Edition count1323

First edition12/01/2001

Last issue30/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2011>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930