Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 12/11/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 52

BOLETIN OFICIAL
Resolución Nº 386/DPR/10
Neuquén, 01 noviembre de 2.010

VISTO:
La Resolución General Nº 376/DPR/02; y CONSIDERANDO:
Que la Ley Impositiva Nº 2.681 fija en su Artículo 4 la alícuota general del impuesto sobre los ingresos brutos en el tres por ciento 3%;
Que resulta conveniente adecuar la alícuota aplicable en el Regimen SIARQUEN;
Que atendiendo las posibilidades que brinda el Sistema Retentivo, la Dirección Provincial de Rentas aumenta periódicamente la nómina de contribuyentes afectados a los distintos regímenes lo cual traerá aparejado facilitar, asegurar y hasta aumentar determinados niveles de recaudación;
Que con el fin de incrementar las alícuotas vigentes para el Regimen SIARQUEN, es necesario que las entidades financieras adapten sus sistemas incorporando la nueva alícuota;
Que a partir del uso de nuevas y más comunes tecnologías la comunicación con los agentes de recaudación es más simple, rápida y versatil;
Que la Dirección General Técnica y Legal ha tornado la intervención de competencia;
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º: Sustitúyase el Artículo 4º de la Resolución N 376/2.002 por el siguiente texto:
"Artículo 4: Sujetos pasibles de Recaudación. Tendrán el caracter de sujetos pasibles de la recaudación quienes revistan o asuman la calidad de contribuyentes de la Provincia de Neuquén en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de conformidad a la nómina que será comunicada a los agentes de recaudación designados mediante la presente, en forma mensual.
A tales efectos, esta Dirección Provincial entregará a los agentes la nómina de los
Neuquén, 12 de Noviembre de 2.010
contribuyentes pasibles de la recaudación el penúltimo día hábil de cada mes, que deberá ser aplicada por dichos agentes a partir del mes siguiente al de su recepción.
EI diseño de los registros de la nómina mencionada tendrá las características que se establecen en el Anexo I de la presente.
Los agentes de recaudacion designados, deberán recaudar el impuesto de los contribuyentes incluidos en la nómina mencionada en el párrafo anterior, en la forma indicada en la presente Resolución".

Artículo 2: Sustitúyase el Artículo 8 de la Resolución N 376/2.002 por el siguiente texto:
"Artículo 8º: Alícuota aplicable. A los fines de determinar el importe a recaudar, se aplicará sobre el monto establecido, de acuerdo a lo previsto en el artículo anterior, la alícuota del ocho por mil 8%o.
Tratándose de cuentas pertenecientes a más de un contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, deberá aplicarse la alícuota del ocho por mil 8%o si al menos uno de ellos no se encuentra comprendido en las normas del Convenio Multilateral.
La Dirección Provincial de Rentas podrá fijar alícuotas diferenciadas para los Contribuyentes, en función de parámetros que estipule, a los fines de determinar la conducta fiscal de los mismos.
Artículo 3: La presente tendrá vigencia lugar a partir del 1 de diciembre de 2.010.
Artículo 4º: Comuníquese, a las Direcciones, Departamentos y Delegaciones de esta Dirección Provincial de Rentas. Publíquese en el Boletín Oficial. Regístrese. Cumplido, Archívese.
Fdo. Cr. Jorge D. Sabio, Director Provincial de Rentas, Provincia del Neuquén.
Resolución Nº 392/DPR/10
Neuquén, 02 de noviembre de 2.010
VISTO:
EI Expediente Nº 4795-008605/10 del Registro

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 12/11/2010

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date12/11/2010

Page count54

Edition count1323

First edition12/01/2001

Last issue30/07/2024

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