Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 25/9/2009

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 34

BOLETIN OFICIAL

suscripto entre la Municipalidad de Rincón de los Sauces y la Empresa AESA S.A., según modelo adjunto a la presente como Anexo I.
Artículo N 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Empresa AESA S.A..
Promúlguese, publíquese y una vez cumplido, Archívese. Promulgada por Resolución Nº 091/
09.
Dada en la Sala de Sesiones "Evita" del Honorable Concejo Deliberante de Rincón de los Sauces, a los 17 días del mes de septiembre del año 2009, en Sesión Especial, aprobada por unanimidad de los presentes, según consta en Acta N 1303.
Fdo. Carlos M. Herrera, Presidente Honorable Concejo Deliberante Rincón de los Sauces Nqn.; Rubén E. Cuadrado, Sec. Parlamentario Honorable Concejo Deliberante Rincón de los Sauces, Nqn..
CONVENIO DE PAGO
En la ciudad de Rincón de los Sauces, a los 11 días del mes de septiembre de 2009, entre los señores Alejandro Mauricio Scuderi, DNI Nº 23.342.147 en representación de la empresa AESA S.A. en adelante La Compañía por una parte, con facultades suficientes para suscribir el presente conforme surge del poder que se acompaña, y por la otra el Sr. Intendente de la ciudad de Rincón de los Sauces, Don Hugo Horacio Wernli, DNI Nº 12.225.650 en representación de la Municipalidad de Rincón de los Sauces, en adelante La Municipalidad, se formaliza el presente Convenio de Pago para acordar pautas de aplicación de la Ordenanza Nº 212/92 referida a la Tasa de Seguridad e Higiene vigente hasta septiembre del 2008, su modificatoria Ordenanza Nº 1141/08
y la Ordenanza Nº 212/92 de la Tasa de Habilitación Comercial, con el objeto de lograr la regularización de la situación fiscal del contribuyente.
Artículo 1º: La Compañía se compromete a efectuar la correspondiente habilitación comercial de sus instalaciones en forma retroactiva al 1ro. de enero de 2004 y a abonar antes del 30 de septiembre del corriente, a los valores originales dispuestos en las normas vigentes para cada ejercicio fiscal, los montos adeudados por la Tasa
Neuquén, 25 de Septiembre de 2009

de Licencia comercial por los periodos enero 2004 - septiembre 2008, que en total ascienden a la suma de $385 trescientos ochenta y cinco pesos.
Artículo 2º: La Compañía se compromete a abonar antes del 30 de septiembre del corriente los montos adeudados en concepto de Tasa de Seguridad e Higiene por los periodos 1ro. de enero de 2004 septiembre de 2008, a los valores originales dispuestos en las normas vigentes para cada ejercicio fiscal, que en total ascienden a la suma de $30.500 treinta mil quinientos pesos.
Artículo 3º: La Municipalidad renuncia al cobro de intereses resarcitorios, punitorios, recargos y multas que le pudieren corresponder por aplicación de lo dispuesto en los Artículos 1º y 2 º del presente Convenio de Pago.
Artículo 4º: Las partes convienen en acordar que La Compañía abonará a La Municipalidad la suma de pesos trescientos mil $300.000 como pago total en concepto de tasa de higiene y seguridad y tasa de licencia comercial por el periodo comprendido entre el 1ro. de octubre de 2008 y el 31 de diciembre de 2009.
Artículo 5º: La Compañía abonará a La Municipalidad el monto acordado en el Artículo anterior de la siguiente forma: Pesos doscientos cuarenta mil $240.000 en un único pago antes del 30 de septiembre de 2009. El saldo restante de pesos sesenta mil $60.000 se abonará en tres cuotas mensuales y consecutivas de pesos veinte mil $20.000, venciendo la primera de ellas el 30 de septiembre de 2009.
Artículo 6º: Se deja constancia que el presente Convenio de Pago solo se refiere a las tasas y periodos específicamente citados en los artículos 1º y 2º. El monto acordado no cancela tributos retributivos de la propiedad inmueble ni patentes del automotor.
Artículo 7º: Este Convenio de Pago tiene validez temporal hasta el de 31 de diciembre de 2009, quedando las partes autorizadas a acordar su renovación y/o modificación total o parcial para las obligaciones que correspondan al periodo fiscal 2010.
Artículo 8º: La Municipalidad otorgará Certificado de Libre Deuda al 30 de septiembre de 2009
por la Tasa de Higiene y Seguridad y de Licencia Comercial, una vez que La Empresa haya efectuado los pagos objeto del presente Convenio.

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 25/9/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date25/09/2009

Page count36

Edition count1316

First edition12/01/2001

Last issue02/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Septiembre 2009>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930