Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 23/6/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

DECRETOS DE LA PROVINCIA
DECRETO N 1098
Neuquén, 16 de junio de 2006.

VISTO:
El Expediente N 3469-054240/7/06 del Registro del Instituto de Seguridad Social del Neuquén; y CONSIDERANDO:
Que, por el mencionado antecedente, se propone al Poder Ejecutivo Provincial el incremento de las remuneraciones mínimas de las Jubilaciones, Retiros y Pensiones otorgadas y a otorgar por el Instituto de Seguridad Social del Neuquén y las Pensiones por Vejez o Invalidez de la Ley N809, otorgadas y a otorgar por el Ministerio de Acción Social;
Que, el presente aumento responde al deseo de cubrir una sentida necesidad dentro del marco de los aumentos solicitados, con el propósito de mantener actualizados y en equilibrio los haberes del sector pasivo más necesitado;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo N63 de la Ley N611 T.O.2004 es facultado el Poder Ejecutivo fijar los haberes mínimos de las Jubilaciones, Retiros y Pensiones que abona el Instituto de Seguridad Social del Neuquén;
Que, conforme lo establece el Artículo N11
de la Ley N809, el monto de las Pensiones a la Vejez o Invalidez es igual al 80% de las pensiones mínimas que Abone la Caja Previsional Provincial para sus afiliados;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DEL NEUQUÉN
DECRETA:
Artículo 1º: Fíjase a partir del 01de junio del 2006, los haberes mínimos de Jubilaciones y Retiros Policiales acordados y a acordar por el Instituto de Seguridad Social del Neuquén, en un importe de pesos cuatrocientos setenta $ 470,00
más el concepto Adicional Zona, de corresponder.

Neuquén, 23 de junio de 2006

Artículo 2º: Fíjase a partir del 01de junio del 2006, los haberes mínimos de Pensiones acordados y a acordar por el Instituto de Seguridad Social del Neuquén, en un importe de pesos trescientos cincuenta y dos con 50/100 $ 352,50
más el concepto Adicional Zona, de corresponder.
Artículo 3º: Fíjase a partir del 01 de junio del 2006 los haberes de Pensión por Vejez o Invalidez de la Ley N809 acordados y a acordar por el Ministerio de Acción Social en un importe de pesos doscientos ochenta y dos $ 282,00.
Artículo 4º: Autorízase a la Dirección Provincial de Finanzas, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda y Coordinación a efectuar las reestructuraciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 5: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Jefatura de Gabinete, Hacienda y Finanzas, Salud y Seguridad Social y Acción Social.
Artículo 6: Comuníquese, publíquese y una vez cumplido archívese.
Fdo. SOBISCH
LARA
SILVESTRINI
GORE
OSCOS

DECRETOS SINTETIZADOS
0906 Aprueba la locación del inmueble ubicado en calle San Martín N 4061 de la ciudad de Neuquén, con destino al Taller de Herrería de la Unidad Ejecutora de Empleo en el ámbito del ME.
0907 Reconoce como legítimo abono el pago de indemnización según Art. 45 del EPCAPP
a favor de Liliana E. Salvo.
1031 Autoriza y aprueba la adquisición de una camioneta 4x4 para el MJG.
1034 Modifica estructura de personal del MJG.
1038 Aprueba la documentación de la SOySP
s/trabajos adicionales en obra Centro de Salud Barrio Progreso - Ampliación y Remodelación Neuquén Capital, y adjudica ejecución a Aeromecánica SRL.
1042 Declara inexistente la Resol. N 286/
01 del EPAS debiendo regirse el régimen de licencias por vacaciones según EPCAPP.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 23/6/2006

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date23/06/2006

Page count48

Edition count1318

First edition12/01/2001

Last issue08/07/2024

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