Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 30/12/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 30 de diciembre de 2004

BOLETIN OFICIAL

el causante, Dn. Patricio Cruz Quesada, para que dentro de los treinta 30 días lo acrediten en los autos: Cruz Quezada Patricio s/Sucesión abintestato, Expte. N 301.543/03. Publíquese por tres días en el Diario La Mañana Neuquén y Boletín Oficial. Neuquén, 10 de diciembre de 2004.
Fdo. Dra. Claudia Raone, Secretaria.
1p 30-12-04


El Dr. Raúl A. Bassi, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N 3, sito en Rivadavia 205/211, 4 Piso de Neuquén, cita por diez días contados desde la última publicación, a Raúl Julián Barboza, DNI
20.364.041, a que comparezca a autos a tomar la intervención que le corresponda en autos caratulados: Calf c/Barboza Raúl Julián s/Cobro Sumario de Pesos, Expte. N 286559/2, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes. El presente debe publicarse por dos días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro.
Neuquén, 17 de diciembre de 2004. Fdo. Dra.
Andrea V. de la Iglesia, Prosecretaria.
1p 30-12-04
Se cita por única vez a quienes se crean con derecho a deducir oposición al pedido de inscripción en la Matrícula como Martillero y Corredor del Sr. Pintado, Juan Carlos, documento de identidad N 17.878.941, domiciliado en la calle Caviahue N 168, localidad de Neuquén, Pcia.
del Neuquén. La oposición deberá formularse dentro del plazo de diez días. El presente edicto ha sido ordenado por el Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén, Dr. Enrique Raúl Videla Sánchez, Secretaría a mi cargo, en autos caratulados: Pintado, Juan Carlos s/Inscripción en la Matrícula de Martillero y Corredor Público, Expte N 10391/
4. Secretaría, 17 de diciembre de 2004. Fdo. Dra.
Carmen A. Funes, Secretaria.
1p 30-12-04
El Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, notifica por este medio a la Sra. Escobar Lucila del Carmen y el Sr. Jerez Máximo que en el expediente Fiscalía Primera Instancia N 3

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s/Solicita Documentación - Oficio N 140-96", Expte. N 2600- 33304/96, en trámite por ante este Tribunal de Cuentas ha dictado el Acuerdo JR 5252 en la que en su parte pertinente dice:
Visto Considerando Resuelve: Artículo 1:
Declarar libres de responsabilidad en la producción de los hechos que motivaran la formación de las presentes actuaciones, a los señores:
Orlando Salinas, José Luis Ribera, María Luisa Brianthe y los sucesores universales de Alejandro Stenta Marín, señores Juana Elba Maturano, Alejandro Enzo Stenta, Gustavo Adrián Stenta, Silvio Sebastián Stenta, Esteban Martín Stenta y Fernando Matías Stenta. Artículo 2. Declarar la responsabilidad administrativa patrimonial de los señores Juan Enrique Pezoa, Lucila del Carmen Escobar, Luis Núñez y Máximo Jerez por la producción de los hechos que motivaran la formación de las presentes actuaciones. Artículo 3:
Condenar en forma solidaria a los señores Juan Enrique Pezoa y Lucila del Carmen Escobar al pago de la suma de pesos dos mil ochocientos veintinueve con ochenta y ocho centavos $
2.829,88, por el perjuicio fiscal producido y conforme ha sido determinado en estas actuaciones, con más sus intereses -Tasa Pasiva del Banco de la Provincia del Neuquéna computar desde el 31 de diciembre de 1995, que conforme a planilla de liquidación practicada por Secretaría asciende a la suma de pesos mil novecientos setenta con diecisiete centavos $ 1.970,17, haciéndoseles saber: que en el plazo de veinte 20 días deberán proceder depositar el total resultante de pesos cuatro mil ochocientos con cinco centavos $ 4.800,05 en el Banco de la Provincia del Neuquén -Sucursal Rivadaviaen la Cta. Cte.
N 110/3 que el Tribunal tiene habilitada al efecto y presentar en la sede de este órgano, dentro del plazo indicado, el comprobante respectivo. Vencido el plazo sin hacer efectivo el depósito en la institución bancaria, se librará testimonio de la sentencia y con oficio de Presidencia pasarán al Fiscal de Estado para que proceda por vía de apremio -Art.119, de la Ley N 2141- Artículo 4:
Condenar en forma solidaria a los señores Luis Núñez y Máximo Jerez al pago de la suma de pesos ciento veinticuatro con noventa y ocho centavos $ 124,98, por el perjuicio fiscal producido y conforme ha sido determinado en estas actuaciones, con más sus intereses Tasa Pasiva del

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 30/12/2004

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date30/12/2004

Page count38

Edition count1322

First edition12/01/2001

Last issue26/07/2024

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