Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 3/10/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 3 de Octubre de 2003

BOLETIN OFICIAL

sen ordenado medidas probatorias, el interesado tendrá derecho a refutarla denegada tácitamente sin previa petición expresa de pronto despacho con el fin de constituir en mora a la administración, si ésta no se expidiere dentro del plazo improrrogable de los diez 10 días subsiguientes. El ejercicio del derecho por parte del interesado a considerar denegada tácitamente su reclamación o impugnación, no impide la resolución expresa de la autoridad.

TRIBUNAL DE CUENTAS
EDICTO
El Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, notifica por este medio a la Sra. Lucía Inés Bonnet DNI 26.810.444 que en el Expediente N
2600-29892 - Alcance I - Año 1994, Poder Legislativo e/Rendición de Cuentas Ejercicio 1994, Actuación Sumarial, en trámite por el Departamento Juicios Administrativos de Responsabilidad se ha dictado la siguiente Resolución de Cargo, la que en su parte pertinente dice: Visto Considerando Se Resuelve Formalizar cargo pecuniario a los imputados conforme el siguiente detalle Sucesores del Sr. Roberto César Bonnet -fallecido conforme surge de Fs.
104-, por la suma de $ 165 pesos ciento sesenta y cinco En todos los casos, con lo que en más o en menos surja de las pruebas a producir, con más los intereses correspondientes, al momento de su efectivo pago. Citándolos para que personalmente o por apoderado tomen intervención en el Juicio Administrativo de Responsabilidad, dándoseles vista de lo actuado para que en el término de quince 15 días efectúen sus descargos y ofrezcan las pruebas que hacen a su derecho - Art. 113, inc. c de la Ley 2141/95- bajo apercibimiento de continuarse el trámite del presente juicio según su estado, sin retrotraer sus etapas, quedando firme y consentido sus contenidos. Asimismo, se hace saber que deberán estarse a lo dispuesto en el Art. 106 de la Ley 2141, el que transcripto íntegramente dice: El domicilio legal de los responsables ante el Tribunal de Cuentas será el de la repartición del Estado a la que pertenezca, o a través de la cual haya surgido su obligación de rendir cuentas o su respon-

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sabilidad, salvo que el responsable denuncie otro a satisfacción del Tribunal. En caso de baja del agente responsable, todas las comunicaciones, notificaciones o citaciones deberán practicarse en el domicilio real del mismo. El domicilio legal de los agentes de haciendas paraestatales será el de las entidades de derecho privado correspondiente. Cuando se ignore el domicilio del responsable o no sea posible lograr aviso de su notificación, la misma deberá practicarse mediante edicto que se publicará en el Boletín Oficial. En caso de cambio del domicilio constituído ante este Tribunal, deberán comunicarlo fehacientemente en el término de diez 10 días de producido. Para su cumplimiento, líbrese Cédula a los señores
acompañándose copia del Acuerdo JR-4260 y de la presente Resolución de Cargo. Otra: Fecho, y atento al estado de autos, líbrese Cédula de Notificación de la Resolución de Cargo a los herederos del Imputado Sr. Roberto Cesar Bonnet, al domicilio Real obrante en dichos autos sucesorios individualizados supra, con adjunción del Acuerdo JR-4260 Conforme Art. 105 Ley 2141. Agréguese por cuerda copias debidamente certificadas de los autos sucesorios aludidos.
Otra: Téngase presente los domicilios denunciados de las Sras. Lucía Inés Bonnet y atento ubicarse los mismos en la Ciudad de La Plata, líbrese Exhorto al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, con adjunción de la Resolución de Cargo y del Acuerdo a los fines de su notificación. Otra: Téngase presente la contestación del Oficio N 0606 remitida por la Secretaria Electoral Nacional y atento lo informado respecto del domicilio de la Sra. Lucía Inés Bonnet, considerando las constancias obrantes en autos tendientes a la averiguación del domicilio de la heredera de marras, en virtud de su resultado negativo, líbrese Edictos a los fines de la notificación de la Resolución de Cargo a la encartada Sra. Lucía Inés Bonnet, los que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén, por el término de un día, conforme art. 106 Ley 2141 y la forma de práctica en este Tribunal. Asimismo, hágase saber a la encartada, por este único medio, que en caso de no comparecer a estar a derecho y constituir domicilio en el plazo establecido, las restantes providencias le serán notificadas en los estrados del Tribunal. Otra: Estese a lo ordenado por la

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 3/10/2003

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date03/10/2003

Page count44

Edition count1322

First edition12/01/2001

Last issue26/07/2024

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