Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 30/3/2001

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 30 de Marzo de 2001

BOLETIN OFICIAL

trimonial, y el Anexo de Bienes de Uso correspondientes al ejercicio financiero finalizado al 31 de diciembre de 1999.- Articulo 2º: Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Villa La Angostura correspondiente al Ejercicio 1999, conforme al Informe del Auditor Nº 903/00-D.M., con opinión acerca de la razonabilidad de las cifras expuestas en el Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, Estado de Tesorería, Estado de Situación Financiera y Patrimonial, y Anexo de Bienes de Uso al 31 de diciembre de 1999, respecto de la ejecución del Presupuesto de recursos y gastos, y del cumplimiento por parte del ente auditado de las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueran objeto de examen.- Articulo 3º: EXCLUIR de los alcances del presente decisorio toda actuación sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o sede judicial relacionada con la rendición de cuentas auditada.


ACUERDO G- 2109 - En la Ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintitrés días de noviembre del año dos mil, se reúnen en Acuerdo los señores miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia, Presidente, Dra.
Dra. Violeta Elida Mandon, Vocales, Cr. Jorge Gabriel Cuenca, Cr. Dante Adolfo Boselli, Cr. Nestor Armando Cucurullo y Cr. Juan Carlos Pintado, con la asistencia de la Secretaria, Dra. Mónica S. Eberbach.
EXPTE. Nº 2600-37733/99 ENTE PROVINCIAL
DE TERMAS DEL NEUQUEN Rendición de Cuentas Ejercicio 1999.Resuelve: Articulo 1º: Tener por presentada la Rendi ción de Cuentas del Ente Provincial de Termas del Neuquén - Ejercicio 1999;
efectuada mediante los Estados Financiero, de Resultados, de los Bienes del Estado y de Origen y Aplicación de Fondos correspondientes al ejercicio financiero finalizado al 31 de diciembre de 1999.Articulo 2º: DEJAR sin efecto, con fundamento en el Informe Nº 925/00 producido por el Auditor Fiscal Cra. Norma Beatriz Zuloaga y lo expuesto en el Considerando VII, las Observaciones 1.1, 1.2, 1.4, 1.5.c, 1.6.a y c, 1.11, 1.12, 1.13, 1.14, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9.1, 9.3, 11, 12, 13.4.a, 13.6, 18, 20, 23.7, 26, 27, 29, 30, 32, 33, 34, 35 y 37, oportunamente consignadas en el Anexo I del Informe del Auditor Nº 857/
00. Articulo 3º: ORDENAR la substanciación de una actuación sumarial a fin de dilucidar los actos, he-

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chos y omisiones que dieran motivo a las Observaciones Nº 1.3, 1.5.a y b, 1.6.b, 1.7, 1.8, 1.9, 1.10, 1.15, 9.2, 10, 13.1, 13.2, 13.3, 13.4.b y c, 13.5, 14, 15, 16, 17, 19, 21, 22, 23.1, 23.2, 23.3, 23.4, 23.5, 23.6, 23.8, 23.9, 24, 25, 28, 31 y 36, contenidas en el Anexo I del Informe del Auditor Nº 857/00 y ratificadas en el Informe Nº 925/00; con el objeto de determinar si se ha producido perjuicio a la hacienda pública y, en tal supuesto, establecer fundadamente el monto del mismo y determinar los presuntos responsables. Designar a tal efecto Instructor Sumariante a la Dra. Silvia AYALA. Articulo 4º: Aprobar la Rendición de Cuentas del Ente Provincial de Termas del Neuquén correspondiente al Ejercicio 1999, confor me al Informe del Auditor Nº 857/00, con opinión acerca de la razonabilidad de las cifras expuestas en el Estado Financiero, Estado de Resultados y Estado de Origen y Aplicación de Fondos al 31 de diciembre de 1999, respecto de la ejecución del Presupuesto de recursos y gastos, y del cumplimiento por parte del ente auditado de las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueran objeto de examen; salvo las Observaciones detalladas en el Artículo 3º del presente Acuerdo. Articulo 5º: ADVERTIR a las actuales autoridades del E.PRO.TE.N., que deberán adoptar urgentemente las medi das que resulten conducentes al fortalecimiento del sistema de control interno del Ente y a ajustar la gestión administrativa contable del mismo estrictamente a las normativas aplicables que regulan los procedimientos de los organismos públicos. Articulo 6º: EXCLUIR
de los alcances del presente decisorio toda actuación sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o sede judicial relacionada con la rendición de cuentas auditada.


ACUERDO G- 2117. En la Ciudad de Neuqun Capital de la Provincia del mismo nombre, a los cinco das del mes de febrero del año dos mil uno, se renen en Acuerdo los señores miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia, Presidente, Dra. Dra. Violeta Elida Mandon, Vocales, Cr. Jorge Gabriel Cuenca, Cr. Dante Adolfo Boselli, Cr. Nestor Armando Cucurullo y Cr. Juan Carlos Pintado, con la asistencia de la Secretaria Dra. Mónica S.
Eberbach. EXPTE. Nº2600-37748/99 INSTITUTO
DE SEGURIDAD SOCIAL DEL NEUQUEN-Rendición de Cuentas Ejercicio 1999. Resuelve: Articulo

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 30/3/2001

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date30/03/2001

Page count26

Edition count1316

First edition12/01/2001

Last issue02/07/2024

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