Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/3/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 14

BOLETIN OFICIAL

Viernes 11 de Marzo de 2022

Banco de la Nación Argentina
Banco de la Nación Argentina
Por orden del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Provincia de La Rioja a cargo del señor Juez Federal Daniel Herrera Piedrabuena, Secretaría Civil y Comercial a cargo de las Dras. Ana Karina Barrionuevo y Ana Gabriela Agero en estos autos Expte N FCB
37633/2019 - Banco de la Nación Argentina c/Flores Nicolás Ángel s/Ejecuciones Varias, hace saber el siguiente decreto: La Rioja, 11 de noviembre de 2019. Agréguese el comprobante de pago de Tasa de Justicia acompañada con el escrito que antecede. Resérvese la documentación original acompañada con el escrito de demanda. Declarase la competencia del Juzgado para entender en la presente causa Art. 2, inc. 6 Ley 48 y Art. 5, inc. 3 del C.P.C.C.N., modificado por Ley 22.434. De conformidad por los Arts. 523, 531, 542 y ccs del código de rito, líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo en contra del señor Nicolás Ángel Flores, con domicilio denunciado en calle Malvinas Argentinas S/N - Chepes - Provincia de La Rioja, por la suma de Pesos Cuatrocientos Sesenta y Siete Mil Sesenta y Cuatro con Veinticinco Ctvos. $
467.064,25 reclamado en concepto de capital, con más la suma de Pesos Ciento Cuarenta Mil Ciento Diecinueve con Veintisiete Ctvos. $ 140.119,27 estimada provisoriamente para intereses y costas del juicio. En consecuencia, intímese de pago al ejecutado y en su defecto trábese embargo hasta cubrir las sumas referidas. Hágase saber al mismo que la intimación de pago importa la citación para que en el término de cinco días 5, ampliados en un 1 día más, en razón de la distancia Art. 158 del C.P.C.C.N.;
oponga excepciones legítimas, bajo apercibimiento de proseguírsele la ejecución y el emplazamiento para que en el mismo término constituya domicilio electrónico ac.
31/11, 38/15 y 3/15 de la C.S.J.N. bajo apercibimiento.
Para su cumplimiento, líbrese cédula de notificación y mandamiento al señor Oficial de Justicia con las facultades de ley Art. 214 del C.P.C.C.N., teniéndose presente a la persona indicada para intervenir en el diligenciamiento del mismo. Al punto 5, líbrese el oficio solicitado a sus efectos.
A lo demás expresado en el petitorio, téngase presente.
Martes y viernes para notificaciones en Secretaría. Not.
Fdo. Daniel Herrera Piedrabuena - Juez Federal. Otro decreto: La Rioja, 10 de febrero de 2022. Téngase presente lo manifestado por la apoderada de la parte actora con el escrito de fecha 15/12/2021. Atento a lo manifestado por el Banco de la Nación Argentina y lo dispuesto por el Art. 145 y 146 del C.P.C.C.N.; autorícese al solicitante a que practique la notificación del proveído obrante a fs. 14, mediante publicación de edictos. Asimismo hágase saber al ejecutado que la demanda y documental se encuentran digitalizadas y deberá accederse a ella mediante la consulta de causas del Poder Judicial de la Nación a través del portal www.pjn.gov.ar. Not. Fdo. Daniel Herrera Piedrabuena Juez Federal. Edictos de ley por el término de un día en el Boletín Oficial y diario de circulación local.
Secretaría, 25 de febrero de 2022.

El Juzgado Federal en lo Civil y Comercial de La Rioja, a cargo del Dr. Daniel Herrera Piedrabuena - Juez Federal - Secretaría a cargo de la actuaria - en los autos caratulados: Banco de la Nación Argentina c/Ruiz, Walter Enrique s/Prepara Vía Ejecutiva s/Ejecuciones Varias, Expte. N FCB 018126/2019, ha dispuesto lo siguiente a través de los proveídos que a continuación se transcriben:
La Rioja 16 de diciembre de 2021. Téngase presente lo manifestado por el apoderado de la parte actora en el escrito digital de fecha 26/10/21 y agréguese el informe de la Cámara Electoral remitido en el Expte. FCB 17741/2019
caratulado: Banco de la Nación Argentina c/Ruiz Walter Enrique s/Ejecuciones Varias, acompañado con el mismo.
Atento a lo peticionado por el Dr. José Martín Sotelo, señálese nueva fecha de audiencia para el reconocimiento de firma por parte del señor Walter Enrique Ruiz, para el día jueves 07 del mes de abril del próximo año, a horas 10:00. Hágase saber que la audiencia fijada deberá llevarse a cabo con verificación de los protocolos de actuación vigentes en razón de la pandemia Covid 19, pudiendo reprogramarse la misma si la situación epidemiológica imperante en la ciudad a la fecha indicada así lo amerita.
Not. Fdo. Dr. Daniel Herrera Piedrabuena, Juez Federal
La Rioja, 30 de diciembre de 2021. Atento a lo manifestado por la parte actora mediante escrito de fecha 20/12/21 y lo dispuesto por el Art. 145 y 146 del C.P.C.C.N.; autorícese al solicitante la notificación de la audiencia para el reconocimiento de firma dictada en los presentes autos a fs.
44, mediante publicación de edictos. Not. Fdo. Dr. Daniel Herrera Piedrabuena, Juez Federal. Edictos de ley por el término de un día en el Boletín Oficial y diario de circulación local.
Secretaría, 11 de febrero de 2022.

Ana Karina Barrionuevo Secretaria Federal Nº 26314 - $ 1.088,00 - 11/03/2022 - Capital
Ana Karina Barrionuevo Secretaria Federal Nº 26315 - $ 612,00 - 11/03/2022 - Capital
Banco de la Nación Argentina Por orden del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Provincia de La Rioja a cargo del señor Juez Federal Daniel Herrera Piedrabuena, Secretaría Civil y Comercial a cargo de las Dras. Ana Karina Barrionuevo y Ana Gabriela Agero en estos autos Expte. N FCB 40871/2019 - Banco de la Nación Argentina c/Flores Nicolás Ángel s/Ejecuciones Varias, se hace saber el siguiente decreto: La Rioja, 13 de agosto de 2020. Téngase a la Dra. Rosana de los A. Millicay por presentada, con domicilio electrónico constituido, por parte en el carácter invocado, en mérito del poder general para juicios y asuntos administrativos que en copia acompaña.
Agréguese el comprobante de pago de tasa de justicia acompañada con el escrito que antecede. Resérvese la documentación original que fuera adjunta oportunamente con el escrito de demanda. Declárase la competencia del Juzgado para entender en la presente causa Art. 2º, inc. 6º Ley 48 y Art. 5, inc. 3 del C.P.C.C.N., modificado por Ley 22.434.
Téngase por iniciado juicio ejecutivo, de conformidad con lo

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/3/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date11/03/2022

Page count24

Edition count2483

First edition02/01/1998

Last issue19/07/2024

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