Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 12/9/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 12 de Septiembre de 2017

BOLETIN OFICIAL

Pág. 15

Edicto de Manifestación de Descubrimiento
Edicto de Cantera
Titular: Prover Service S.R.L. - Expte. N 49 Letra P - Año 2016. Denominado: Antigua 4.
Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 08 de noviembre de 2017. Señor Director: La presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento cuyos valores de coordenadas denunciadas del lugar de toma de muestra son X=6702016.06 - Y=3489014.31 ha sido graficada en el departamento Capital de esta Provincia, conforme a lo manifestado por el interesado en presentación de fojas 1 y 2 de los presentes actuados. Se informa que el área de protección de dicha manifestación tiene una superficie libre de 1290 ha 6514 m2; dicha área de protección queda comprendida entre las siguientes coordenadas Gauss Krugger Posgar 94:
Y=3487107.850
X=6703277.540
Y=3491565.520
X=6703277.540
Y=3491565.520
X=6700382.190
Y=3487107.850 X=6700382.190. La Nomenclatura Catastral correspondiente es: 6702016.06-3489014.31-13-01-M. Fdo.
Ing. Daniel Zarzuelo, Jefe Dpto. Catastro Minero Dirección Gral. de Minería: La Rioja, 28 de agosto de 2017. Visto y Considerando La Directora de Minería Dispone: Artículo 1 Regístrese en el protocolo respectivo la presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento, publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días, y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo establecido por el Art.
53 del Código de Minería, llamando por el término de sesenta 60 días a quienes se consideren con derecho a deducir oposiciones Art. 66 del citado Código. Artículo 2
Inclúyase este Registro en el Padrón Minero, con la constancia de la exención del pago del canon minero por el término de tres años, conforme lo establece el Artículo 224 del Código de Minería. Artículo 3 La publicación de los edictos referenciada en el punto precedente, debe ser acreditada por el solicitante con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial y cumplida la misma, deberá presentar los ejemplares del Boletín con la primera y última publicación, bajo apercibimiento de aplicar lo establecido en el Art. 57 del C.P.M. Ley N 7.277. Artículo 4 El término de cien 100
días que prescribe el Art. 68 del Código de Minería para la ejecución de la Labor Legal comenzará a correr desde el día siguiente al de su registro, bajo apercibimiento de caducidad del derecho, cancelando el registro y teniendo la manifestación como no presentada Art. 60 del CPM.
Artículo 5 El concesionario deberá dentro de los treinta 30
días posteriores al vencimiento de la Labor Legal, solicitar la pertenencia que le corresponda de acuerdo a lo establecido por el Art. 67 y conc. del citado Código, bajo apercibimiento de tener por desistido los derechos en trámite, inscribiéndose la mina como vacante Art. 61 C.P.M.. Artículo 6 Córrasele Vista, al interesado de lo informado por el Dpto. de Geología Minera a fs. 17. Artículo 7 Notifíquese por Escribanía de Minas, cúmplase con lo dispuesto en el punto 1 de la presente Disposición y confecciónense los edictos ordenados, haciéndose entrega para su publicación, fecho, pase a Sección Padrones, Resérvese. Fdo. Dra. Rosa Camila Gómez, Directora General de Minería, La Rioja. Ante mí: Luis Héctor Parco, Escribano de Minas.

Titular: Tapia Ramona. Expte. Nº 10 - Letra T Año 1998. Denominado: San Isidro. Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 22 de septiembre de 1998. Señor Director: Visto la presente solicitud de cantera y, habiendo dado cumplimiento al Artículo 3 - inciso 4 de la Ley Provincial de Canteras Nº 4.845, como así también con lo establecido en el Artículo 19 del Código de Minería, este Departamento procedió a graficar la Delimitación del Area de acuerdo a las coordenadas aportadas por el titular; quedando la misma ubicada en zona libre, con una superficie de 5 ha 1171.523 m2, fuera del Area No Concesible para Extracciones de Áridos y demás Sustancias de la Tercera Categoría, Disposición Interna DGM Nº 23/97, en el Departamento Capital de esta Provincia, conforme a la presentación de fojas 1 a 10 de los presentes actuados. Además, se comunica que la graficación definitiva del presente pedimento, estará sujeta a lo estipulado en el Artículo 353 del Código de Minería;
comprendida entre las siguientes coordenadas Gauss Krugger Posgar 94: Y=3410661.587 X=6717821.719 Y=3410754.267
X=6717745.916
Y=3410900.071
X=6717668.606
Y=3410932.455
X=6717631.795
Y=3411051.376
X=6717520.905
Y=3411037.204
X=6717348.826
Y=3410978.407
X=6717431.926
Y=3410834.774
X=6717592.178 Y=3410667.948 X=6717687.328. Fdo.
Daniel Zarzuelo. Jefe de Catastro Minero. La Rioja, 06 de septiembre de 2017. Visto y Considerando La Directora de Minería Dispone: Artículo 1 Tener por Reconstruido, el Expediente de autos, tal como lo establece Art. 1 del C.P.M.
y 67 del C.P.C. y C. de La Rioja. Artículo 2 Aprobar el proyecto de Aprovechamiento del Yacimiento, correspondiente a la Cantera de Áridos de la Tercera Categoría denominada San Isidro, ubicada en el Departamento Capital de esta Provincia, en virtud de lo informado por Geología Minera a fojas 129/130.
Córrasele vista de dicho informe. Artículo 3 Regístrese en el protocolo respectivo la presente solicitud de cantera formulada por la Sra. Tapia Ramona, de mineral de áridos, ubicada en el Distrito, Departamento Capital de esta Provincia, de conformidad a lo establecido por el Art. 73 del C.P.M. Ley N 7.277. Artículo 4 Publíquese edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días, y en un diario o periódico de circulación en la Provincia, Art. 24 del C.P.M. y fijando un plazo de veinte 20 días, de la última publicación a quienes se consideren con derechos a deducir oposiciones.
Artículo 5 La publicación de los edictos mencionados deberá ser acreditada por el interesado dentro de los cinco 5 días a partir del día siguiente al de su notificación, con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial, y cumplida la misma, deberá presentar el primero y último ejemplar expedido por el Boletín Oficial bajo apercibimiento de ley. Artículo 6 Córrasele Vista, al consecionario de lo informado por el Dpto. de Geología Minera, a fs. 129/130, por el término de cinco 5 días siguientes al de su notificación Art. 27 del C.P.M.; a los fines de que ejerza su derecho de defensa realizando el descargo pertinente. Artículo 7 Notifíquese por Escribanía de Minas, cúmplase con lo dispuesto en el punto 2 de la presente disposición y confeccionese los edictos ordenados, fecho, tome nota todos los Departamentos, fecho, Resérvese. Fdo. Dra. Rosa Camila Gómez, Directora General de Minería La Rioja. Ante mí: Luis Héctor Parco, Escribano de Minas.
S.C.

Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dcción. Gral. de Minería
Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dcción. Gral de Minería
N 20.437 - $ 1.200,00 - 12; 19 y 26/09/2017

N 20.446 - $ 1.350,00 - 12, 19 y 26/09/2017

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 12/9/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date12/09/2017

Page count16

Edition count2483

First edition02/01/1998

Last issue19/07/2024

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