Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 17/6/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 17 de junio de 2014

BOLETIN OFICIAL

b/02 Valuación Fiscal $ 10.519,25, Parcela b/03
Valuación Fiscal $ 10.519,25, Parcela b/04 Valuación Fiscal $ 10.519,25, Parcela b/05 Valuación Fiscal $
10.519,25, Parcela b/06 Valuación Fiscal $ 10.519,25, Parcela b/07 Valuación Fiscal $ 10.519,25, Parcela b/08 Valuación Fiscal $ 10.485,37, Parcela b/09
Valuación Fiscal $ 44.278,96, Parcela b/10 Valuación Fiscal $ 36.263,44, Valuación Fiscal $ 164.290,84, a deducir $ 2.572,28 en concepto de deuda del Impuesto Inmobiliario Territorial según informe de la Dirección General de Ingresos Provinciales, Superficie 1.982,00
m2, Plan bajo el régimen de Propiedad Horizontal Ley N 13.512, aprobado por la Dirección General de Catastro mediante Disposición N 7.814, de fecha 10 de octubre de 1986. Artículo 2.- Establécese a los efectos del Artículo 48 de la Ley 4.611, como monto a consignarse judicialmente, la suma de Pesos Ciento Sesenta y Un Mil Setecientos Dieciocho con Cincuenta y Seis Centavos $ 161.718,56 Valuación Fiscal del inmueble expropiado, informada por la Dirección General de Catastro. Artículo 3.- Consígnese judicialmente el monto de la valuación fiscal, expresado en el Artículo 2, instruyéndose a tal efecto al Ministerio de Hacienda para que proceda al depósito pertinente.
Artículo 4.- Cumplida la consignación judicial prevista en el Artículo 3 y para el caso de ocurrir las situaciones impeditivas previstas en el Artículo 49 de la Ley 4.611
notifíquese a Fiscalía de Estado a los efectos de su intervención. Artículo 5.- Por Secretaria de Tierras y Hábitat Social, con la participación de sus organismos pertinente, se cumplimentará oportunamente con la toma de posesión del inmueble expropiado, labrándose en consecuencia el acta circunstanciada de lo actuado.
Artículo 6.- Tomada la posesión del inmueble expropiado deberá cumplimentarse el Procedimiento Administrativo previsto en los Artículos 19 y concordantes de la Ley 4.611. Artículo 7.- Por Escribanía General de Gobierno se confeccionará la Escritura Traslativa de Dominio a favor del Estado Provincial. Artículo 8.- Artículo 9.- Comuníquese, publíquese, notifíquese, insértese en el Registro Oficial oportunamente archívese. Fdo. Dr. Luis Beder Herrera, Gobernador; Cr. Ricardo Antonio Guerra, Ministro de Hacienda; Sr. Néstor Gabriel Bosetti, Ministro de Infraestructura; Sr. Adrián Ariel Puy Soria, Secretario de Tierras y Hábitat Social. Art. 19 de la Ley 4.611 Procedimiento Administrativo: Dictado el decreto expropiatorio, el sujeto expropiante hará saber al propietario del bien afectado, que éste ha sido expropiado. La notificación deberá comprender:
a Transcripción de la parte pertinente de la ley u ordenanza municipal y del decreto dictado en su consecuencia. b Invitación a que comparezca dentro del plazo de diez 10 día hábiles y que declare el monto en dinero que considere suficiente a los efectos de la indemnización. c Invitación a constituir domicilio legal.
Art. 20 de la Ley 4.611 Notificación - Tipo: Si se ignora el domicilio del expropiado o éste fuese desconocido, la citación se efectuará por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y en un diario de
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circulación en toda la provincia durante cinco 5 días.
El término se computará desde las veinticuatro horas del día de la última publicación.
La Rioja, junio de 2014.
Pedro Rearte Tagle Director General de Bienes Fiscales Secretaría de Tierras y Hábitat Social S/c. - 06 al 24/06/2014

Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes El Jefe del Departamento I Sumario dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes con domicilio en San Nicolás de Bari Oeste N 641 en autos Expte. Cód. E1
N 21624/13, cita a la agente, Tatiana Débora Pereira, D.N.I. N 22.089.158, por el término de ocho 8 días a partir de la última publicación del presente a fin de prestar declaración Indagatoria en el sumario administrativo que se instruye en los autos mencionados bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y proseguir con la causa según su estado. Fdo. Dr. Javier Alzamora Arroyo - Jefe del Departamento I Sumario de la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes.
Pablo Enrique Lucero Secretario de Actuaciones Dcción. de Recursos Humanos, Control y Liquidación de Haberes
Dr. Javier A. Alzamora Arroyo Jefe Dpto. Sumarios Dcción. de Recursos Humanos, Control y Liquidación de Haberes
S/c. - 10 al 17/06/2014

AKOLTY S.A.
Asamblea General Ordinaria Convocatoria Convócase a Asamblea General Ordinaria los accionistas de Akolty S.A. para el día 16 de julio de 2014 a las 13:00 horas en primera convocatoria y en segunda convocatoria una hora después en su sede de la calle Castro Barros 235, Chilecito, Provincia de La Rioja, a fin de tratar el siguiente:
Orden del día:
1. Elección de dos accionistas para suscribir el acta.
2. Consideración de la documentación del Artículo 234, inciso 1 de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales correspondientes al Ejercicio Económico cerrado el día 31
de diciembre de 2013.
3. Distribución de resultados.
4. Honorarios al Directorio Art. 261 Ley 19.550.

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 17/6/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date17/06/2014

Page count16

Edition count2483

First edition02/01/1998

Last issue19/07/2024

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