Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 4/11/2008

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
Considerando:

DECRETOS
DECRETO N 888
La Rioja, 15 de abril de 2008
Visto: los términos de la Nota N 17/08 de la Dirección General de Gestión Previsional mediante la cual solicita la incorporación de personal de su dependencia a los términos del Decreto N 265 de fecha 28 de enero de 2008, que dispone la prórroga de los Contratos bajo la modalidad de Locación de Servicios, para cumplir funciones en el Ministerio de Hacienda o en los organismos de su dependencia que detalla; y,Considerando:
Que el personal incorporado como contratado en la Dirección General de Gestión Previsional, han demostrado capacidad, idoneidad y experiencia en la materia.
Que es propósito de esta Función Ejecutiva acceder a lo solicitado.
Que, además, habiéndose consignado erróneamente en el decreto citado en el Visto, el monto mensual correspondiente a la señorita Gaitán, Natalia Vanina, D.N.I. N 28.915.806 y del señor Oliva, Claudio Fabián, D.N.I. N 21.720.272, procede a su aclaración.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Incorpórase a los términos del Decreto N
265 de fecha 28 de enero de 2008, a las personas cuya nómina, Documento Nacional de Identidad y monto mensual se detalla a continuación:
Dirección General de Gestión Provisional D.N.I.
23.352.694
30.399.519
27.450.477

Nombre Completo Brizuela, Karina Lejandra Fernández, Andrea Soledad Zamora, Silvana Soledad
Monto Mensual $ 1.100,00
$ 700,00
$ 700,00

Artículo 2.- Aclárase que los montos ha percibir por los agentes dependientes de la Dirección General de Gestión Previsional son los que se indican más abajo y no como se consignaran erróneamente en el Artículo 1 del Decreto N 265 de fecha 28 de enero de 2008:
Gaitán, Natalia Vanina, Oliva, Claudio Fabián,
D.N.I. N 28.915.806
D.N.I. N 21.720.272

Martes 04 de noviembre de 2008

$ 700,00
$ 750,00

Artículo 3.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4.- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Quinteros, D.N., S.H.
DECRETOS AÑO 2007
DECRETO N 089
La Rioja, 20 de diciembre de 2007
Visto: las disposiciones normativas contenidas en las Leyes Provinciales N 7.632, N 8.115 y Decreto F.E.P. N
2.760/07; y,
Que la Ley N 8.115 de Presupuesto, vigente a la fecha del presente acto administrativo, establece en su Artículo 22 la facultad de la Función Ejecutiva Provincial de crear, modificar o suprimir las distintas Jurisdicciones Ministeriales, Secretarías de dependencia directa de la Función Ejecutiva y las demás estructuras organizativas de todos los niveles de la Administración Pública Central y Descentralizada.
Que en base a ello se ha determinado mediante Decreto F.E.P. N 2.760 de fecha 07 de diciembre de 2007, la nueva Estructura Ministerial de la Función Ejecutiva Provincial, debiéndose a través del dictado de nuevos actos administrativos, proceder a la reorganización de las Unidades Orgánicas a partir de aquella estructura principal Artículo 2 de dicho decreto.
Que la planificación de la nueva estructura de la Función Ejecutiva Provincial, responde a la necesidad de aplicar medidas que tiendan a eficientizar y desburocratizar la gestión administrativa, combatiendo los excesivos formalismos, fomentando la celeridad, la eficiencia, eficacia y transparencia de la actividad administrativa.
Que en ello se fundamenta la reorganización de las áreas de gobierno, la reasignación de funciones, la disminución de la estructura político-administrativa, la implementación de nuevas metodologías de trabajo, procurando el beneficio del ciudadano.
Que en ese marco resulta menester diseñar la nueva estructura organizativa y funcional de la Secretaría General y Legal de la Gobernación a los efectos de adecuarla a los lineamientos políticos-administrativos de la nueva gestión de gobierno, procurando mejorar la calidad institucional de la administración.
Que la Secretaría General y Legal de la Gobernación tiene la misión de dotar de calidad a los actos administrativos que definen las políticas públicas encomendadas por el Gobernador de la provincia, que los mismos se publiquen en el Boletín Oficial, que tengan difusión pública y que estén disponibles para consulta de los ciudadanos, interviniendo para fortalecer la gestión del Estado Provincial con el objetivo de lograr eficacia, eficiencia y transparencia en la generación y en la instrumentación de las políticas públicas.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Modifícase el Artículo 28 del Decreto de la F.E.P. N 2.760/07, el que quedará redactado de la siguiente manera:
La Secretaría General y Legal de la Gobernación tiene rango y jerarquía de Ministerio, siendo su competencia asistir a la Función Ejecutiva en las temáticas relacionadas con su despacho, la gestión legal y técnica de los actos administrativos originados por la misma, las políticas de relaciones institucionales con las otras funciones, los planes y programas de modernización del Estado, las mejoras de las tecnologías de gestión de las políticas públicas, la política de difusión, comunicación e información de la actividad gubernamental, la conservación de la infraestructura edilicia, la dirección de su infraestructura operativa, la adecuada coordinación con los organismos de asesoramiento legal y de representación del Estado Provincial.
Artículo 2.- Modifícase el Artículo 29 del Decreto F.E.P. N 2.760/07, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Son acciones de carácter general correspondientes a la Secretaría General y Legal de la Gobernación, las siguientes:
a Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia, ejecutando los planes,

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 4/11/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date04/11/2008

Page count20

Edition count2483

First edition02/01/1998

Last issue19/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Noviembre 2008>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30