Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 7/5/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

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BOLETIN OFICIAL
DECRETOS

DECRETO N 304
La Rioja, 25 de febrero de 2004
Visto: el Expte. Código B7-00156-5-03, caratulado: Administración Provincial de Tierras S/Cumplimiento términos contenidos en la Ley N
7.490, promulgada mediante Decreto N 309/03
Hospital Materno Infanto Juvenil, y; Considerando:
Que el mencionado inmueble fue declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, mediante los términos contenidos en la Ley N 7.490
promulgada por Decreto N 309/03 con destino a la construcción del Hospital Materno Infantil a nombre del Estado Provincial, afectado al área de Salud Pública.
Que por intermedio de la Dirección General de Catastro, se procedió a confeccionar el plano de mensura aprobado mediante Disposición N 015666 de fecha 18 de febrero de 2004, identificado como D-3411, conteniendo los datos catastrales necesarios para la exacta individualización del inmueble de referencia.
Que en la Dirección General de Catastro, la fracción mensurada se registra a nombre de Sucesión Donato Antonio Semeraro y existe una Disposición N
14.411 de fecha 17/05/01 a nombre de Eugenio Ricardo y Victorio Semeraro.
Que no está probada la existencia del derecho real de dominio y al respecto el Artículo 46 de la Ley N 4611 Expropiación de Urgencia, establece que puede consignarse judicialmente la valuación fiscal.
Que en la Dirección General de Ingresos Públicos figura el avalúo del terreno a nombre de Sucesión Donato Antonio Semeraro.
Que al no existir derecho real del dominio sobre el inmueble no corresponde el arreglo administrativo entre las partes pues éste sólo lo es para los títulos perfectos por así disponerlo la Ley N 4611, en los artículos relativos a procedimientos administrativos.
Que la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, informa que practicada la búsqueda en los Libros Indices de dominio por el nombre de Sucesión. Donato Antonio Semeraro no se obtuvo resultados positivos de dominio para su publicidad, y con relación a Víctor Cáceres los datos consignados en la ficha catastral, no coinciden ni en el número, ni en el folio con los antecedentes del registro.
Que Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen N 021/04, informa que puede dictarse el acto administrativo expropiando el inmueble determinado por el plano de mensura aprobado
Viernes 07 de mayo de 2004

Resolución N 015666 de fecha 18 de febrero de 2004, de la Dirección General de Catastro. No existiendo propietario debidamente inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble, no es aplicable a la presente expropiación el procedimiento administrativo establecido en el Artículo 19 y ss. de la Ley N 4611, modificada por la Ley N 5221. Corresponde asimismo iniciar el procedimiento judicial de expropiación y en particular plantearlo de acuerdo al procedimiento de urgencia establecido en el Capítulo III de la ley citada.
Que sólo resta el dictado del acto administrativo que disponga la expropiación de referencia.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Art. 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Expropiase de urgencia, conforme al procedimiento previsto por el Artículo 46 de la Ley N 4.611, el inmueble ubicado en el Barrio Santa Justina en el sector Sur-este de la Ciudad Capital, el que será destinado a la Construcción del Hospital Materno Infantil, y que responde a las siguientes características:
Propietarios: A determinar.
Poseedor: Sucesión Antonio Donato Semeraro.
Nomenclatura Catastral:
Dpto.
01

Circunscripción I Sección C Manzana 383
Parcela 54.
Superficie 15 has. 2.454,40 m2.
Dimensiones y Linderos:
Norte: mide 400,00 metros; linda en parte con callejón Servidumbre, en parte con terreno de Aníbal Florencio Alamo y en parte con más terreno del poseedor.
Sur: mide 251,52 metros; linda con parcela e, en parte con Escuela Nacional N 172 y en parte con Asodimo.
Este: mide 382,73 metros; linda con más terreno del poseedor.
Oeste: mide 383,11 metros; linda con calle 1
de Marzo, de su ubicación, con deslinde no materializado.
Valuación Fiscal: Año 2004 - $ 53.509,95.
Artículo 2.- Líbrese por la Dirección General de Administración del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, la correspondiente Orden de Pago a nombre del Director General de Administración, por la suma de pesos Cincuenta y Tres Mil Quinientos Nueve, con Noventa y Cinco Centavos $ 53.509,95, importe que los aludidos funcionarios procederán a depositar en el Nuevo Banco de La Rioja S.A., en concepto de Valuación Fiscal del inmueble expropiado por el artículo precedente en consignación y a favor de la

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 7/5/2004

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date07/05/2004

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