Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 2/1/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 02 de enero de 2004

BOLETIN OFICIAL

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Pág. 13

RESOLUCIONES AÑO 2003
RESOLUCION S.P. y T. N 359

Artículo 1.- Dar de baja los cargos del personal perteneciente a la Policía de la Provincia cuyo haber ha sido otorgado y aprobado por la Unidad de Trámite Provisional conforme se detalla a continuación:
SAF.: 225 - Programa: 30 - Actividad:1 - Unidad Ejecutora: Policía de la Provincia.

Denominación Suboficial Mayor Suboficial Auxiliar Suboficial Escribiente Sargento 1º Sargento
Creación
Supresión 2
8 13
4 7

Artículo 2.- Déjese debidamente establecido que la baja del cargo de los agentes que a continuación se detalla, debe hacerse efectiva a partir del 28 de febrero de 2002.
Apellido y Nombre Zalazar, Ismael Brígido Larcher, Horacio Santiago Vega, Juan Antonio Guardia, Nicolás Normando Asís, Juan Roque Brito, Andrés Ceferino Bazán, Oscar Alfredo Corzo, Gregorio Francisco Moreno Díaz, Honorio Aldo Ibáñez, Oscar Rodolfo Moreno, Nicolás Romualdo Herrera, José Alberto Leguiza, Benito Egidio Avila, Juan Gerardo Cavanay, Antonio Julio Herrera, Gaspar Evaristo Sotomayor, Tristán Celestino Pereyra, Ramón Emeterio Castro, Osmán Enrique Gómez, Blas Ramón Bustos, Oscar Alfredo Jara, Enrique Ramón Díaz, Diogen Antonio Calderón Marino Blas López, Juan Carlos Montivero, Florencio Ramón Reynoso, Víctor Doril Luna, José Hugo Ruarte, Carlos Arturo Bravo, Facundo Armando Luján, Cleofés Nicolás Sosa, Ernesto Enrique Portugal, Manuel José Lezcano, Héctor Nicolás
Jerarquía Sargento 1
Sargento Subof. Esc.
Subof. Aux.
Sargento Subof. Esc.
Subof. Aux.
Sargento Subof. Aux.
Subof. Esc.
Sargento 1
Sargento 1
Subof. Esc.
Subof. Mayor Sargento Subof. Esc.
Subof. Esc Sargento Sargento Subof. Esc Subof. Esc.
Sargento Subof. Esc.
Subof. Esc.
Sargento 1
Subof. Aux.
Subof. Esc.
Subof. Esc.
Subof. Aux.
Subof. Mayor Subof. Aux.
Subof. Aux.
Subof. Esc.
Subof. Aux.

Documento 05.541.475
10.029.144
06.724.128
08.014.482
08.016.906
10.029.513
10.375.011
10.781.130
10.718.456
08.652.670
11.859.731
11.496.305
08.018.932
08.016.062
08.018.482
13.694.794
11.859.765
10.448.037
08.304.811
08.465.549
11.859.183
07.853.588
08.014.428
07.853.568
08.015.600
10.610.065
06.724.970
08.017.687
08.018.314
08.017.171
08.016.506
10.589.957
11.100.981
12.569.539

Artículo 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Coordinador de Gobierno y suscripto por el señor Subsecretario de Gobierno, Justicia y Seguridad.
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial, notifíquese a los interesados y oportunamente archívese.

Maza, A.E., Gobernador Rejal, J.F., M.C.G.
Paredes Urquiza, A.N., S.G.J. y S.

La Rioja, 15 de septiembre de 2003
Visto: el Expte. Cód. D 1.1. N 00050 4-Año 2003, por el que la firma Curtidos Riojanos S.A., beneficiaria del régimen promocional de la Ley Nacional N 22.021 a través del Decreto N 1053/88, modificado por Decreto N 204/95 Anexo VIIsolicita autorización para producir artículos equivalentes; y Considerando:
Que el objeto de producción comprometido, consignado en el instrumento legal por el que se otorgan los beneficios promocionales, comprende la elaboración de cueros caprinos, ovinos, porcinos y reptiles, contenidos en el Grupo 3231 de rubros industriales aprobado por el Decreto Nacional N 3319/79.
Que mediante Resolución M.P. y T. N 295/00, modificada por Resolución M.P. y T. N 073/01, se autorizó a la firma a reemplazar la elaboración de cueros de ganado ovino, porcino y reptiles por cueros de ganado vacuno, manteniendo la elaboración de cueros caprinos.
Que la equivalencia, de bienes a producir, consiste en sustituir parcialmente la elaboración de cueros de ganado caprino por cueros de ganado vacuno.
Que lo solicitado se fundamenta en que el mercado, consumidor, es altamente dinámico y oscilante, sujeto a las exigencias de la moda.
Que, según el análisis efectuado, la sustitución de producción propiciada por la firma resulta correcta, fijándola en la cantidad de doscientos cuarenta mil metros cuadrados/año 240.000 m2 de cuero caprino, equivalentes a ciento cuatro mil trescientos cincuenta y siete 104.357 unidades de cuero vacuno.
Que la sustitución propuesta no producirá modificación en el Costo Fiscal teórico del proyecto aprobado oportunamente, ni altera ninguno de los compromisos asumidos por la firma beneficiaria.
Que Asesoría Letrada, en Dictamen N 62/03, atendiendo a los informes rendidos en autos y lo normado por Decreto N 2658/90, estima procedente la autorización para producir artículos equivalentes.
Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas por Ley N 6.846, lo prescripto por Decreto FEP N
431/01, ratificado por Ley N 7.146, y las facultades delegadas a través del Decreto FEP N 508/01;
EL SECRETARIO DE PRODUCCION Y TURISMO
RESUELVE:
Artículo 1 - Autorizar a la firma Curtidos Riojanos S.A., beneficiaria del régimen promocional de la Ley Nacional N 22.021 mediante Decreto N 1053/88, modificado por Decreto N 204/95 Anexo VII a destinar su planta industrial a la elaboración de cueros de

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 2/1/2004

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date02/01/2004

Page count19

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First edition02/01/1998

Last issue19/07/2024

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