Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 1/2/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Oficial de la Provincia.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un mes para resolverlas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Benamejí, 26 de enero de 2024. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, Carmen Lara Estepa.

Ayuntamiento de Córdoba Núm. 295/2024
PPTC- 07/23
EDICTO
La Teniente Alcalde Delegada de Recursos Humanos y Salud Laboral, aprobó mediante Decreto nº 2024/906, de 24 de enero de 2024, las Bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso, de 2 puestos de Jefe/a de Turno Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, del siguiente tenor literal:
Visto el Informe-Propuesta de la Jefa del Departamento de Selección y Formación:
CSV: 1931eecaad28341c871cc2ee24e66dc63adffe78 y la fiscalización favorable de Intervención.
En uso de las atribuciones conferidas al Alcalde, de acuerdo con lo previsto en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, que me han sido delegadas por Decreto de la Alcaldía nº 8377, de 17 de junio de 2023, y las atribuciones conferidas a la Junta de Gobierno Local por el artículo 127 del Título X de la misma Ley que me han sido delegadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 602/23, de 26 de junio, RESUELVO
PRIMERO. Aprobar las Bases de la Convocatoria para la provisión, mediante concurso, de 2 puestos de Jefe/a de Turno Policía Local para el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, conforme a la propuesta:
CSV 8729a30e1304c20e8ca32b18622e02a363c53475, suponiendo un gasto total para el ejercicio 2024 de 136.551,33€.
SEGUNDO. Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba BOP, en el Tablón de Edictos de Ayuntamiento de Córdoba, y en la Intranet Municipal.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de notificación o publicación de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas LPAC y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa LJCA.
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la
Nº 23 p.922

Jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso artículos 123 apartado 2º y 124 LPAC y 46 LJCA.
III. Si en el plazo de un mes de la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA.
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente artículo 40.2 LPAC.
CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE 2 PUESTOS DE
TRABAJO DE JEFE/A DE TURNO POLICÍA LOCAL, EN EL
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA
De conformidad con los Criterios Generales Comunes que rigen los Procedimientos de Concurso y Libre Designación para la Provisión de Puestos de Trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, aprobados mediante Decreto nº 11.730, de 12 de diciembre de 2012, de la Directora General y Delegada de RR.HH.
y Salud Laboral publicado en BOP nº 244, de 26 de diciembre de 2012, con sus distintas modificaciones publicadas en los Boletines Oficiales de la Provincia nº 234, de 4 de diciembre de 2014, nº 168, de 4 de septiembre de 2017, y nº 108, del 9 de junio de 2020.
Asimismo, conforme a lo establecido en el Acuerdo de Junta de Gobierno Local nº 338/19, de 3 de mayo de 2019, por el que se establecen las Áreas de adscripción o funcionales, de Áreas relacionales y de agrupación de Áreas, y Acuerdo de Junta de Gobierno Local nº 1045/19, de 16 de diciembre de 2019, de modificación del Anexo I del acuerdo anterior, y demás legislación aplicable, se procede a convocar concurso la provisión de los puestos de trabajo que se relacionan, con arreglo a las siguientes bases:
BASES
PRIMERA. Se convoca la provisión de 2 puestos de JEFE/A
DE TURNO POLICÍA LOCAL cuyas características figuran en el ANEXO, mediante el sistema de Concurso.
SEGUNDA. Podrán participar en la presente convocatoria los/as funcionarios/as de carrera del Ayuntamiento de Córdoba que reúnan los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, cualquiera que sea su situación administrativa, a excepción de los declarados suspensos en firme, mientras que dure la suspensión, y los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular, durante el período mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación.
Para participar, los funcionarios de carrera deberán contar con dos años de servicio activo desde la toma de posesión del último destino definitivo. En caso de no tener destino definitivo, el cómputo de los dos años de servicio deberá contar desde la fecha de ingreso en este Ayuntamiento.
Los funcionarios en situación de servicios especiales, excedencia por prestación de servicios en el sector público, durante el transcurso de su situación, sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años de servicios efectivos desde la toma de posesión del último destino definitivo.
Tercera. Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico, a través del punto de acceso general en la siguiente URL:
https sede.cordoba.es, siendo necesario identificarse median-

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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Jueves, 01 de Febrero de 2024

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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 1/2/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date01/02/2024

Page count15

Edition count3541

First edition04/01/2010

Last issue06/06/2024

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