Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 12/11/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 3918 12/11/2010

BOLETIN OFICIAL Y J UDICIAL

RESOLUCIONES DE
ORGANISMOS
DESCENTRALIZADOS
Resol. OSEP. N 27 05012010 Obr a Social de los Empleados Públicos Hacer lugar al pedido formulado por el Sr. José Luis Figueroa, DNI. Nº 32.628.391, para su incorporación como afiliado Particular al Régimen de la Ley Nº 3509/
79 y reglamentaciones vigentes. La afiliación dispuesta tendrá vigencia por un término no menor de 24 meses y los beneficios se otorgarán sin período de carencia. Superando los 24 meses y contando con la voluntad de continuar adherido al sistema de la Obra Social, con la sola continuidad del pago de los aportes mensuales, correspon dientes, la misma será renovada automáticamente, en caso contrario deberá comunicar fehacien temente a la O.S.E.P., su decisión de desafiliación y/o baja indicando los motivos de la misma. Los aportes correspondientes a la afiliación mencionada y al Fondo Especial para trasplante, deberán ser abonados en forma mensual en la Div. Tesorería, Sección Mesa de Ingresos del 1 al 10 de cada mes, m ás e l a porte s pa ra el Fondo Espec ia l para trasplante, devengando intereses en caso de mora.
Asimismo el primer pago deberá formalizarse dentro de los 60 días posteriores a la notificación.
El recurrente declara conocer y se compromete a obse rva r e l pre s ente ins trume nto, c om o e l Reglamento para afiliados particulares en todas sus partes responsabilizándose por el eventual uso indebido de los servicios, firmando para constancia y recibiendo un ejemplar de cada uno de los mismos.
Resol. OSEP. Nº 28 05012010 Obr a Social de los Empleados Públicos Hacer lugar a los pedidos de afiliación voluntaria y eximición del período de carencia solicitado por el Sr. Adrián Humberto Villagra, Carné Nº 28990, para su hijo Adrián José Augusto Villagra, DNI. Nº 33.565.558, al Régimen de la Ley 3509/79 y reglamentaciones vigentes. La afiliación dispuesta tendrá vigencia por un término no menor de 24 meses y los beneficios se otorgarán al registro del primer pago del aporte,
Núm. 91

los cuales deberán ser consecutivos. Superado los 24 meses establecidos como mínimo de afiliación y contando con la voluntad de continuar adherido en calidad de afiliado voluntario, con la sola continuidad en el pago de los aportes mensuales corre spondiente s la a filia ción será renova da automáticamente caso contrario deberá comuni carse fehacientemente a la OSEP., su decisión de desafiliación indicando los motivos de la misma.
El Art. 9º apartado I inc. b para hijos varones estudiantes que se encuentren afiliados en tal condición y que cumplan con la edad tope de 25
años, el titular deberá solicitar con una antelación de 3 meses, la baja respectiva, quedando a voluntad del interesado solicitar el cambio de categoría de Voluntario a Particular, de así corresponder. Los aportes correspondientes a la afiliación mencionada y del Fondo Especial para Trasplante deberán ser abonados en forma mensual en la Div. Tesorería, Sección Mesa de Ingresos del 1º al 15 de cada mes, por a de lanta do, pre se nta ndo pa ra e l pa go Resolución, último recibo de haberes de titular, crede ncial y/o constanc ia de la O.S.E.P., sin excepción. Asimismo el pago del primer aporte deberá formalizarse dentro de los 60 días posteriores a la notificación. Vencido dicho plazo, opera la caducidad del beneficio acordado, sin necesidad de interpelación previa, pudiendo la parte interesada reformular el pedido de afiliación, actualizando los requisitos y cumplir las formalidades de un nuevo trámite con el período de carencia establecido en el Art. 5º de la Ley Nº 3509/79. El beneficiario declara conocer y se compromete observar el presente instrumento, responsabilizándose por si y por su grupo familiar a cargo por el eventual uso indebido de los servicios , firm ando para constanc ia y recibiendo un ejemplar del mismo.

Resol. OSEP. Nº 29 05012010 Obr a Social de los Empleados Públicos Hacer lugar al pedido formula do por la Srta. Ana Silvia Ma sc a re ño, D N I. N º 31.814.150, pa ra s u incorporación como afiliada particular al Régimen de la Ley Nº 3.509/79 y reglamentaciones vigentes.
La afiliación dispuesta tendrá vigencia por un término no menor de 24 meses y los beneficos se otorgarán sin período de carencia. Superando los 24 meses y contando con la voluntad de continuar adherido al sistema de la Obra Social, con la sola

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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 12/11/2010

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

CountryArgentina

Date12/11/2010

Page count24

Edition count1388

First edition01/12/2006

Last issue23/04/2021

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