Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 12/5/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 1324 12/05/2009

BOLETIN OFICIAL Y J UDICIAL

C Especificar al dorso de la factura el uso o destino a darse al producto adquirido.

ARTICULO 4. La Autoridad de Aplicación de la ley, por inte rmedio de la Dirección de C ome rc io, podrá s olicita r toda inform a ción necesaria a entidades públicas y privadas a los fines de constatar el fiel cumplimiento de la presente ley, pudie ndo pa ra e llo re a liz ar todo tipo de investigaciones y evaluaciones técnicas, científicas, económicas, impositivas, contables y legales.
ARTICULO 5. Queda establecido que la A utoridad de Aplica c ión es la DIRECC IO N
PR OVINCIA L D E C OMER CIO , del MINIS
TERIO DE PRODUCCION Y DESARROLLO, de acuerdo a la estructura orgánica aprobada por D ec re to P. y D. N1160/06, y s u norm ativa complementaria o modificatoria.
ARTICULO 6. La Autoridad de Aplicación menciona da en el artíc ulo precedente deberá actualiz ar periódicame nte el nomenclador de sustancias comerciales en forma conjunta con la respectiva área que determinará el MINISTERIO
DE SALUD dentro de su estructura, disponiendo su publicación en el Boletín Oficial y otro medio de circulación local.
ARTICULO 7. Verificada la infracción el funcionario actuante labrará un acta de infracción con los c orre spondie nte s da tos del pres unto infractor y el artículo infringido. En el mismo acto notificará que dentro de los cinco 5 días hábiles podrá presentar por escrito su descargo y ofrecer la prueba de que intente valerse y constituir domicilio en el radio de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca y acreditar personería. La constancia del acta labrada conforme a lo previsto en este artículo, constituirá prueba suficiente de los hechos así comprobados, salvo en los casos en que resulten desvirtuados por otras pruebas. Las infracciones a las disposiciones en que se fundó la resolución o disposición de sanción, son de índole formal, por lo que no se requiere la existencia de dolo para tenerlas como configuradas.
Inciso a: en los casos de venta en lugares no a utoriz ados s e proc ederá a l de com is o de la
Núm. 38

mercadería dejando debida constancia en el acta labrada del producto decomisado, su marca y cantidad.
Inciso b: La sanción de multa se graduará según la escala prevista por la Ley Nacional 24.240
de Defensa del Consumidor y se tendrá en cuenta la reincidencia y las demás circunstancias relevantes del hecho. Se considerará reincidente a quien, habiendo sido sancionado por una infracción a esta ley incurra en otra de similar naturaleza dentro del término de tres 3 años, a este fin el infractor será incluido en el Registro de Infractores creado por Decreto N 792/07. En ejercicio de sus facultades, la Autoridad de Aplicación, podrá hacer uso de la fuerza pública.

Inciso c: Sin reglamentar.
ARTICULO 8. Sin reglamentar.
ARTICULO 9. Sin reglamentar.
ARTICULO 10. Facúltase a la Autoridad de Aplicación a dictar normas complementarias a la presente reglamentación a los efectos de mejorar su operatividad y cumplimiento.

Dcto. S. N 388 27042009 Sa lu d
Justifícase la Licencia Especial por Atención Familiar, imputada al Art. 38, Capítulo III del Dcto.
Acdo. N 1875/94, en forma excepcional con goce de haberes, excluyéndose haberes cuya percepción se encuentra condicionada a la efectiva prestación de servicios, a partir del 06OCT08 y por el término de 21 días, a la Srta. Estela Alicia González, CUIL.
27185204680, Grupo C, Grado 3, Pta. Pte., de la Dción. Pcial. de Asistencia Sanitaria, Dción. Area Programática N 2, de este Ministerio.
Dcto. S. N 389 27042009 Sa lu d
Justifícase la Licencia Especial por Atención Familiar, imputada al Art. 38, Capítulo III del Dcto.
Acdo. N 1875/94, en forma excepcional con goce de haberes, excluyéndose haberes cuya percepción se encuentra condicionada a la efectiva prestación de servicios, a partir del 07JUL08 y por el término de 20 días, a la Srta. Rosa Lilia Agero, CUIL. 27

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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 12/5/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

CountryArgentina

Date12/05/2009

Page count20

Edition count1388

First edition01/12/2006

Last issue23/04/2021

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