Home » Official Journals » Ciudad De Buenos Aires » Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires » 14/03/2024
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/3/2024
Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.
Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 6834 - 14/03/2024
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 405
Ministerio de Justicia
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 2/DGFYC/24
Buenos Aires, 2 de febrero de 2024
VISTO: El EE-2024-5913554-GCABA-DGHP, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCABA-05 B.O.C.B.A. Nº 2126 ratificado por Resolución Nº 103-LCABA/2006
B.O.C.B.A. Nº 2463 y Nº 2-GCBA-05 B.O.C.B.A. Nº 2136 ratificado por Resolución Nº 104-LCABA/06 B.O.C.B.A. Nº 2463, la Resolución N 02-SSCC/2005 B.O.C.B.A.
Nº 2136, Resolución Nº 11-SSCC/2005 B.O.C.B.A 2194, la Resolución Nº 12SSCC/2005 B.O.C.B.A 2209, la Resolución Nº 12-SSCC-2006 B.O.C.B.A Nº 2370, la Resolución Nº 3424-AGC-SSEMERG/11, la Ley 5920/17 y la Ley Nº 2624/2007
promulgada por Decreto Nº 2137/07, y;
CONSIDERANDO:
Que, el local perteneciente a GUSTAVO ADRIAN GARCIA, que desarrolla actividad con nombre de fantasía MUNDO LATINO, ubicado en la calle Esmeralda Nº 561/5
Planta Baja 1 y 2subsuelo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que posee Certificado de habilitación por expediente Nº 52904/2008 concedida para los rubros casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y local de baile clase C actividad complementaria;
Que, por Disposición Nº 062/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2006 de fecha 12 de Abril de 2006, el local fue inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo Registro Nº 75/06;
Que, mediante Disposición Nº 102/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2009 de fecha 12 de noviembre de 2009, se determina nueva capacidad autorizada para funcionar en un máximo de trescientas 300 personas;
Que, por Disposiciones Conjuntas Nº 053/07, Nº 045/08, Nº 050/09, Nº 056/10, N
55/11, N 60/12, N 68/13, N 61/14, DISFC-2015-45-DGFYC, DISFC-2016-57DGFYC, DISFC-2017-49-DGFYC, DISFC-2018-47-DGFYC, DISFC-2019-50-DGFYC, DISFC-2021-53-DGFYC, DISFC-2022-73-DGFYC
y DISFC-2023-79-DGFYC
respectivamente, se renovó la inscripción por el término de un 1 año en cada una de ellas;
Que, mediante mail de fecha 31 de enero de 2024 el titular del local bailable comunica el cierre definitivo del local incorporado mediante IF-2024-5914571-GCABA-DGHP;
Que, por todo ello y ante lo indicado en el párrafo que antecede corresponde proceder a la baja de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables, mediante el dictado del acto administrativo correspondiente.
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N 247/AGC/17;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 y la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/07, EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y, LA DIRECTORA GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
DISPONEN
BO-2024-6834-GCABA-DGCLE
Página 405 de 756