Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6779 - 27/12/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 249

Que finalmente, la falta de presentación de las declaraciones juradas cuya obligatoriedad impone el artículo 12 de la Ley 941, limita el debido control administrativo sobre las matrículas otorgadas, sustrayendo al sumariado de la vigilancia gubernamental;
Que acorde reza el artículo 16 de la Ley 941, el monto de la sanción puede fijarse entre trescientas 300 unidades fijas y veinte mil 20.000 unidades fijas conforme lo determine anualmente la Ley Tarifaria;
Que la Ley 6384 Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha fijado el valor de dicha unidad en PESOS
VEINTIOCHO CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS $ 28,39;
Que de las constancias obrantes en autos, se observa que Julio Alejandro Salmon administra a título oneroso el consorcio de la calle Margariño Cervantes 1350 de esta Ciudad de Buenos Aires;
Que finalmente, hay que tener especial consideración que el citado no es reincidente;
Que en base a lo expuesto, se deberá aplicar sanción de multa por el equivalente a tres mil quinientas 3.500 unidades fijas, ascendiendo la misma a la suma de PESOS
NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO $ 99.365.-;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales tomó la intervención que le compete;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N 941, LA DIRECTORA GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DISPONE
Artículo 1- Sancionar a JULIO ALEJANDRO SALMON, CUIT 20-29825645- 3, RPA
N 10536, con multa de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA
Y CINCO $ 99.365.- por haber incurrido en infracción a los artículos 9 incisos f, h y j, 10 inciso e y 12 de la Ley 941, y sobreseerlo de la imputación por presunta infracción al artículo 9 inciso r del mismo texto normativo.
Artículo 2- La multa deberá abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dicho pago en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 3º - Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
DISPOSICIÓN N.º 5027/DGDYPC/21
Buenos Aires, 18 de octubre de 2021
VISTO: El Expediente Electrónico N 39328195-GCABA-DGDYPC-2019, y CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia del Sr. Sebastián Gustavo Zalazar, DNI
N 32.950.892, contra la firma EDUARDO CASADO SASTRE Y ASOCIADOS S.A., CUIT N 30-52197727-9, por presunta infracción a la ley ritual;
BO-2023-6779-GCABA-DGCLE

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/12/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date27/12/2023

Page count508

Edition count5642

First edition06/08/1996

Last issue05/08/2024

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