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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/7/2023
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 6654 - 05/07/2023
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 242
Que por Resolución Nº 3599-GCABA-MHFGC/23 se elevó el monto establecido en el artículo 2 del Decreto Nº 224/13 a la suma de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA MIL
$ 830.000.-;
Que por el citado Decreto se facultó, a su vez, a los mencionados funcionarios a delegar la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes en los Directores Generales de su jurisdicción;
Que mediante Resoluciones Conjuntas Nros. 11-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/13, 10-MMGCMHGC-MJGGC-SECLYT/14 y 2-MMGC-MHGC-MJGGC-SECLYT/15 y Resolución Nº 454-GCABAMJGGC/20 se aprobó el procedimiento de contratación de personas bajo el régimen de locación de servicios y de obra;
Que, en ese marco, por estos actuados se propicia la contratación bajo la figura de Locación de Servicios de la Sra. Jesica Daiana Saúl CUIT Nº 27-27860287-2;
Que la persona a contratar no se encuentra inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por Ley Nº 269 texto consolidado por Ley Nº 6.588;
Que la citada ha declarado bajo juramento que no se encuentra revistando en la planta permanente ni planta transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni le presta servicios en calidad de pasante o asistente técnico por convenios realizados con institución alguna, ni percibe subsidios por razones de falta de empleo y que, además, no ha celebrado contrato alguno con este Gobierno cuya vigencia se superponga con el período que esta Resolución autoriza;
Que, por todo lo expuesto y de acuerdo a las constancias obrantes en los Expedientes Electrónicos Nros.
23217979-GCABA-DGTALPG/23
y 23218635-GCABADGTALPG/23, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello, en uso de las facultades asignadas, EL PROCURADOR GENERAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorízase la contratación para prestar servicios en el ámbito de esta Procuración General, por el período comprendido entre el 15/06/2023 y el 31/12/2023, de la persona que se detalla en el Anexo I IF-2023-24462428-GCABA-PG, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden de Pago.
Artículo 3º.- A los efectos de su cobro, mensualmente deberá constatarse la efectiva prestación del servicio.
Artículo 4º.- La persona contratada, en caso de corresponder, deberá proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, casa matriz o sucursales, a fin que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite las remuneraciones correspondientes y comprometerse a comunicar fehacientemente los datos de la cuenta precitada a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Procuración General.
Artículo 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto vigente.
Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Procuración General, a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General Contaduría. Cumplido, archívese. Astarloa
ANEXO
BO-2023-6654-GCABA-DGCLCON
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