Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/6/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6641 - 14/06/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 574

Que el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad de Buenos Aires, en su Capítulo 9.1, establece el marco regulatorio genérico para el otorgamiento de permisos de uso en el espacio público;
Que mediante el Anexo III de la Resolución de Firma Conjunta N 1-GCABASECACGC/22, se establecen los requisitos para solicitar permisos de uso en el espacio público;
Que por el presente tramita una solicitud de permiso de uso y ocupación del espacio público para el emplazamiento de un área gastronómica sobre la calzada de la calle Dr. Jose M. Giuffra, frente al local comercial sito en Dr. Jose M. Giuffra 394-395 Defensa 856 en jurisdicción de esta comuna, realizada por la Razón Social BUENAVENTURA INC SA, CUIT N 30-71675983-7, encontrándose el local habilitado como Alimenticios en general, Casa de lunch, Café bar, Despacho de bebidas, entre otros rubros;
Que la Dirección General de Competencias Comunales y Talleres, se expidió mediante informe N IF-2023-21265303-GCABA-DGCCT, indicando que: resulta inviable el emplazamiento de un área gastronómica sobre la calzada de la calle Dr.
Jose M. Giuffra 394-395, frente al local gastronómico, debido a que está prohibido el estacionamiento las 24 hs sobre la calzada en cuestión. .. y que "se deja constancia los permisos precarios, personales e intransferibles para el uso del espacio público se otorgan siempre de forma excepcional, no regulándose el permiso para días y horarios determinados, mucho menos para los días domingos cuya emplazamiento a tenor del tránsito peatonal en la calle Defensa, sin duda afectará la libre circulacion
Que el emplazamiento de un área gastronómica sobre la calzada de la calle Dr. Jose M. Giuffra, no resulta admisible, dado que en el Artículo N 13, del Anexo I, de la Resolución N 1-GCABA-SECACGC/22., determina las condiciones mínimas de seguridad exigidas para la instalación de áreas gastronómicas en calzada; por consiguiente, se informa que el punto A del artículo anteriormente mencionado establece que el área gastronómica se emplazará en arterias "que el estacionamiento se encuentre permitido las VEINTICUATRO 24 horas medido o no.;
Que conforme lo establecido por La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N 1.777, el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Resolución N 816-MAYEPGC/19 y la Resolución de Firma Conjunta N 1-GCABA-SECACGC/22, no se encuentran reunidas las condiciones a fin de hacer lugar a lo solicitado;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL 1
RESUELVE:
Artículo 1º.- Deniégase el permiso para área gastronómica sobre la calzada de la calle Dr. Jose M. Giuffra, frente al local comercial sito en Dr. Jose M. Giuffra 394-395
Defensa 856, en jurisdicción de esta Comuna, a la Razón Social BUENAVENTURA INC SA, CUIT N 30-71675983-7.
Artículo 2º.- Hágase saber al solicitante que la denegatoria es en virtud de lo indicado por la Dirección General de Competencias Comunales y Talleres, mediante informe N
2023-21265303-GCABA-DGCCT, y en virtud de estar prohibido el estacionamiento las 24 hs sobre la calzada en cuestión.

BO-2023-6641-GCABA-DGCLCON

Página 574 de 761

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/6/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date14/06/2023

Page count762

Edition count5623

First edition06/08/1996

Last issue08/07/2024

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