Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/4/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6606 - 24/04/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 426

Que teniendo en cuenta la presentación formulada, y analizada que fuera la documentación obrante en autos, no se observa que la problemática existente hubiera recibido el tratamiento adecuado a fin de lograrse una solución efectiva, ni se advierten elementos convictivos que permitan justificar la demora. Ello así, toda vez que el reclamo inicial de la denunciante data de un correo electrónico de fecha 21/05/2020 en el cual hace mención a la falta de trabajos tendientes a reparar su unidad funcional, mientras que del análisis del acta de asamblea de fecha 28/10/2021, no se desprende que se hubiera tratado ni determinado postergar los arreglos correspondientes a la unidad funcional de la denunciante, independientemente de la necesidad de realizar otros trabajos urgentes dentro del edificio. Bajo dicho contexto se verifica que, habiendo transcurrido un tiempo más que prudencial del reclamo inicial -más de un año-, no se han adoptado medidas suficientes por parte de la administradora a fin de atender a los reclamos efectuados por una consorcista, y brindar una solución al respecto;
Que por otra parte, y toda vez que la administradora alega en su presentación las dificultades económicas que le habrían impedido atender las reparaciones exigidas en tiempo y forma, debe tenerse presente que el Decreto Reglamentario 551/2010
establece en forma clara que: deben documentarse las necesidades y requerimiento rechazadas por la asamblea por falta de fondos u otros motivos ajenos al administrador., sin que surja proceder alguno por parte de la Sra. Castro que dé cuenta de ello;
Que continuando con el análisis de los hechos, y más allá del reconocimiento de la problemática por parte de la sumariada, se observa que recién en la asamblea de fecha 25/11/2021, se toma la primera medida tendiente a realizar un relevamiento de las deficiencias existentes en la unidad funcional 3 -informe de fecha 01/12/2021-, constatando el inconveniente de esa unidad funcional que ha originado los problemas padecidos en la unidad de la Sra. Graciela Beatriz Grupallo;
Que así las cosas, los trabajos realizados -conforme surge de las facturas acompañadas-, no sólo no fueron efectuados oportunamente, siendo que transcurrieron más de 2 años desde que se sucedieron los daños referidos, sino que tampoco se puede corroborar la íntegra solución de la problemática descripta;
Que por consiguiente, y ante la falta de elementos probatorios suficientes, no puede tenerse por demostrado con el nivel de certeza necesario, que la sumariada haya atendido adecuadamente la problemática existente en la unidad funcional de la denunciante;
Que por lo hasta aquí expuesto, corresponde que la administradora sea sancionada por haber infringido lo dispuesto en el artículo 9 inciso b de la Ley 941;
Que a los efectos de graduar la sanción y su cuantía, se tiene en cuenta lo establecido por el artículo 16 de la Ley 941. Asimismo, en forma supletoria y con las salvedades y/o excepciones propias de las relaciones y problemáticas que se suscitan entre los administradores e integrantes de Consorcios de Propiedad Horizontal, deberá estarse a lo prescripto por el artículo 19 de la Ley 757 -según texto consolidado-, conforme reza el artículo 21 de la Ley 941;
Que bajo dicho contexto, la inobservancia del deber de atender a la conservación de las partes comunes del edificio que se administra, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 9 inciso b de la Ley 941, importa un incumplimiento de las obligaciones que la normativa impone a los administradores y que resulta insoslayable para el adecuado ejercicio de la administración, lo que constituye un hecho grave que significa un perjuicio actual o potencial para los copropietarios del consorcio administrado. Lo expuesto se evidencia, en el caso concreto, en la falta de trabajos tendientes a revertir los problemas de filtraciones/humedad acaecidos en la unidad funcional de la denunciante;

BO-2023-6606-GCABA-DGCLCON

Página 426 de 692

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/4/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date24/04/2023

Page count693

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First edition06/08/1996

Last issue08/07/2024

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