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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/12/2022
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 6530 - 30/12/2022
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 213
Ministerio de Hacienda y Finanzas - Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes - Ministerio de Educación Ministerio de Justicia y Seguridad Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 585/MHFGC/22
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2022
VISTO: La Ley Nacional N 24.557 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 471, 6.035 y 6.292 textos consolidados por Ley N 6.588, las Ordenanzas Nros. 40.593 y 40.997
textos consolidados por Ley N 6.588, los Decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 210/89 y 873/16, los Decretos Nros. 492/16 y 332/18, el Expediente Electrónico N47672573-GCABA-SSGRH/22 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N 471 regula las relaciones laborales de los/las trabajadores/as de la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en el capítulo VI el régimen de licencias de los/las trabajadores/as comprendidos/as en el artículo 4º de la citada ley;
Que, por otro lado, el capítulo XXII de la Ordenanza N 40.593 establece el régimen de licencias de los/las trabajadores/as comprendidos en el Estatuto Docente, cuya autoridad de aplicación es el Ministerio de Educación;
Que por su parte, el Capítulo VI de la Ley N 6.035 establece el régimen de licencias de los/as profesionales de la salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo el Ministerio de Salud la autoridad de aplicación de la misma;
Que mediante la Ordenanza N 40.997 se estableció el Sistema Municipal de Residencias del Equipo de Salud;
Que mediante el Decreto N 332/18, se creó la Planta Transitoria afectada al personal que integra la Oficina de Transparencia y Control Externo de la Policía de la Ciudad dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, facultando en su artículo 5 al Ministro de Justicia y Seguridad a designar, cesar y reconocer servicios, como así también a dictar las normas interpretativas, aclaratorias, operativas y complementarias para un mejor desarrollo de la citada Planta Transitoria;
Que por el artículo 45 de la Ley N 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, el cual goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera Que, mediante el Decreto PEN N 873/16, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso la transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los programas de asistencia directa y los dispositivos gubernamentales de intervención con adolescentes infractores a la Ley Penal que dependieran del entonces Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, que se detallan en el Anexo I del mencionado Decreto, así como el traspaso del Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia, regido por el Decreto PEN N 210/89, en los términos establecidos en el artículo 2 del Decreto PEN N
873/16;
BO-2022-6530-GCABA-DGCLCON
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