Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/12/2022

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6526 - 26/12/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 416

Que finalmente, se le atribuyó la presunta infracción al artículo 12 de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 12.-Declaración jurada: Los/as administradores/as inscriptos/as en el Registro creado por esta ley, deben presentar anualmente un informe con el siguiente contenido, el que tendrá carácter de declaración jurada: a. Listado actualizado de los consorcios que administra, consignando si lo hace a título gratuito u oneroso. b. Copia de las actas de asamblea relativas a rendiciones de cuentas. c.
Detalle de los pagos de los aportes y contribuciones previsionales, de seguridad social, y cualquier otro aporte de carácter obligatorio, seguro de riesgo de trabajo y cuota sindical si correspondiese, relativos a los trabajadores de edificios dependientes de cada uno de los consorcios que administra. d. Detalle de los pagos efectuados en concepto de mantenimientos e inspecciones legalmente obligatorios. e. Declaración jurada patrimonial ante el consorcio y aprobada por este, destinado a garantizar sus responsabilidades como administrador. Esta declaración podrá sustituirse por la constancia de la constitución a favor del consorcio de propietarios, a cargo del administrador, de un seguro de responsabilidad profesional emitido por una compañía de seguros. Se exceptúa de las obligaciones impuestas en este artículo a los/as administradores/as voluntarios/as gratuitos/as.;
Que la imputación de oficio que antecede tuvo lugar, en virtud del informe emitido por el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizonral -IF2020-01662609-GCABA-DGDYPCa partir del cual se desprende que el sumariado no habría presentado las declaraciones juradas de consorcios administrados correspondientes al año 2018;
Que por su parte, encontrándose debidamente notificado de la imputación, el administrador optó por no presentar descargo, de modo que no niega ni desconoce los hechos que le fueran atribuidos, así como la documental acompañada;
Que en este sentido, corresponde destacar que si bien no existe un deber de colaborar con el sumario, bien es cierto que el silencio guardado y la reticencia a acompañar elementos que estén en su poder y ayuden al esclarecimiento de la cuestión, debe constituirse en una pauta de análisis de los hechos que se ventilan en autos. Máxime si se tiene en cuenta que el citado como profesional en el rubro de la administración de consorcios se encontraba en mejores condiciones de aportar todo tipo de pruebas tendientes a dilucidar la situación aquí suscitada;
Que de manera similar tiene dicho la doctrina que "La superioridad técnica, la situación de prevalencia, o la mejor aptitud probatoria de una de las partes o la índole o complejidad del hecho a acreditar en la litis, generan el traslado de la carga probatoria hacia quien se halla en mejores condiciones de probar." Cfr. La doctrina de las cargas probatorias dinámicas por MARCELO LÓPEZ MESA Enero de 1998 TOMO ZEUS Nro.
76, pág. 1 ZEUS EDITORA S.R.L. Id SAIJ: DASA990043;
Que en consecuencia, de un nuevo análisis efectuado al acta de asamblea autoconvocada del 21/10/2019 y a la convocatoria a asamblea del 26/11/2018, se colige que el administrador no convocó a asamblea general ordinaria durante el año 2019 así como tampoco colocó el horario de finalización en la convocatoria citada, en oposición a lo establecido por el Reglamento pertinente e incumpliendo asimismo lo dispuesto por el inciso j;
Que asimismo, de un nuevo examen a los formularios de liquidación de expensas acompañados y correspondientes a los períodos Abril a Octubre del año 2019, se corrobora el incumplimiento de la formalidad exigida por el artículo 10 inciso e, referente a la consignación de los datos correspondientes a nombre, dirección y N de CUIT de los proveedores contratados;

BO-2022-6526-GCABA-DGCLCON

Página 416 de 776

About this edition

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/12/2022

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date26/12/2022

Page count777

Edition count5617

First edition06/08/1996

Last issue28/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2022>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031