Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/12/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6516 - 07/12/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 395

Que por lo hasta aquí expuesto, corresponde que la sumariada sea sancionada por haber infringido lo dispuesto en los artículos 9 incisos b y l apartados f y g, 10
incisos e y f, 11 inciso a, y sobreseída de la imputación por presunta infracción al artículo 12 del mismo plexo normativo;
Que a los efectos de graduar la sanción y su cuantía, se tiene en cuenta lo establecido por el artículo 16 de la Ley 941. Asimismo, en forma supletoria y con las salvedades y/o excepciones propias de las relaciones y problemáticas que se suscitan entre los administradores e integrantes de Consorcios de Propiedad Horizontal, deberá estarse a lo prescripto por el artículo 19 de la Ley 757 -según texto consolidado-, conforme reza el artículo 21 de la Ley 941;
Que partiendo de dicha premisa, la inobservancia del deber de atender a la conservación de las partes comunes del edificio que se administra -artículo 9 inciso b, importa un incumplimiento de las obligaciones que la normativa impone a los administradores y que resulta insoslayable para el adecuado ejercicio de la administración, lo que constituye un hecho grave que significa un perjuicio actual o potencial para los copropietarios del consorcio administrado. Lo expuesto se evidencia, en el caso concreto, en la falta de adopción de medidas tendientes a revertir el deterioro general existente en las instalaciones eléctricas, en los caños de agua y gas y en el sistema de desage del edificio involucrado;
Que por otra parte, la falta de información exigida en el artículo 9 inciso l, coloca a los copropietarios en una situación de desprotección, toda vez que el instrumento que deben recibir por la cancelación de las expensas resulta deficiente y sin los datos necesarios para que llegado el caso estos puedan hacer valer sus derechos;
Que asimismo, la inobservancia de las formalidades exigidas por el artículo 10 para la conformación de las liquidaciones de expensas dificulta a los consorcistas tener certeza acerca de la justificación de los importes cobrados y su asociación al detalle reflejado en las liquidaciones de gastos, como así también obstaculiza el control de la gestión del administrador del edificio;
Que finalmente, los requisitos que impone el artículo 11 de la ley ritual no resultan intrascendentes, sino que tratan de salvaguardar a los consorcistas de obras que no se realicen de conformidad con la normativa vigente. Así, la falta de los mismos conlleva a estos a un grado de incertidumbre en relación a quién es verdaderamente el contratista y los alcances de su responsabilidad. Dichas omisiones no perjudican solo a la denunciante, sino a toda la comunidad consorcial;
Que acorde reza el artículo 16 de la Ley 941, el monto de la sanción puede fijarse entre trescientas 300 unidades fijas y veinte mil 20.000 unidades fijas conforme lo determine anualmente la Ley Tarifaria;
Que la Ley 6384 Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha establecido el valor de dicha unidad en PESOS VEINTIOCHO CON TREINTA Y NUEVE $ 28,39.-;
Que de las constancias obrantes en autos se observa que Alicia Norma Hornos administra a título oneroso el consorcio de la calle Yatay 218 de esta Ciudad;
Que por último, hay que tener especial consideración que la citada no es reincidente;
Que en base a lo expuesto, se deberá aplicar sanción de multa por el equivalente a dos mil seiscientas 2.600 unidades fijas, ascendiendo la misma a la suma de PESOS
SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CATORCE $ 73.814.-;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales tomó la intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 941,
BO-2022-6516-GCABA-DGCLCON

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/12/2022

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date07/12/2022

Page count700

Edition count5640

First edition06/08/1996

Last issue01/08/2024

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