Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 25/2/2022

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Nº 6327 - 25/02/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 51

Que el artículo 2º del citado Decreto faculta al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de pesos veinte mil $ 20.000.-, mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad presupuestaria, entre tanto, el artículo 3 faculta al Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas a modificar el monto máximo;
Que mediante la Resolución N 5843-GCABA-MHFGC/21, se elevó el monto máximo establecido en el artículo 2º del mencionado Decreto a la suma de pesos doscientos cincuenta mil $ 250.000.-;
Que por el artículo 5 del Decreto N 224/13 se facultó a los funcionarios mencionados en el artículo 2 a delegar en las Direcciones Generales de su jurisdicción la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes;
Que las personas que figuran en el anexo I de la presente no se encuentran inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269 texto consolidado por Ley N 6.347 ni perciben ningún subsidio por razones de falta de empleo y han declarado bajo juramento, que no se encuentran revistando en la Planta Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se hallan vinculadas con éste, por contrato alguno o en calidad de pasantes o asistentes técnicos por convenio con alguna Universidad;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa vigente y se ha efectuado la afectación presupuestaria preventiva y definitiva del gasto que origina la contratación que se propicia, por la suma total de Pesos TRES MILLONES
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL $3.852.000.-, en la partida correspondiente al ejercicio presupuestario vigente;
Que por lo expuesto deviene procedente el dictado del acto administrativo que autorice las contrataciones en cuestión.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 224/13, LA SECRETARIA
DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorízase la contratación de las personas, que se detallan en el Anexo I
IF 2022-08030477-GCABA-SECTOP, de la presente, para realizar tareas bajo la modalidad de locación de servicios, en el modo, monto y período indicado en el citado Anexo, en la Dirección General Diseño e Implementación, de esta Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Artículo 2º.- Delégase al titular de la Dirección General Diseño e Implementación, de esta Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de la Jefatura de Gabinete de Ministros la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente a lo mencionado en el artículo 1º de la presente.
Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida presupuestaria del año 2022.
Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. López Menéndez
ANEXO
BO-2022-6327-GCABA-DGCLCON

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 25/2/2022

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date25/02/2022

Page count478

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First edition06/08/1996

Last issue08/07/2024

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