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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/2/2022
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 6322 - 18/02/2022
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 252
Artículo 3º.- Asígnase un suplemento de gabinete equivalente a quinientas 500
unidades retributivas mensuales al agente Gustavo Racca, CUIL N 20-20440537-9, dependiente de la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 1 de enero de 2022.
Artículo 4º.- Asígnase un suplemento de gabinete equivalente a un mil quinientas 1.500 unidades retributivas mensuales al agente Leopoldo Risso, CUIL N 2016322990-1, dependiente de la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 1 de enero de 2022.
Artículo 5º.- Asígnase un suplemento de gabinete equivalente a setecientas cincuenta 750 unidades retributivas mensuales a la agente Stella Maris Tescione, CUIL N 2721458578-8, dependiente de la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 1 de enero de 2022.
Artículo 6º.- Asígnase un suplemento de gabinete equivalente a doscientas 200
unidades retributivas mensuales a la agente Luciana Verónica Todaro, CUIL N 2732935763-0, dependiente de la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 1 de enero de 2022.
Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo a fin de notificar a los/as interesados/as y pase a la Dirección Operativa de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa del organismo, para su conocimiento, comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y demás efectos. Leguizamón
RESOLUCIÓN N.º 200/CDNNYA/22
Buenos Aires, 15 de febrero de 2022
VISTO: La Ley Nº 114 texto consolidado por Ley Nº 6.347, el Decreto N 433/16, modificado por los Decretos Nº 225/21 y N 342/21, el Expediente Electrónico Nº 05759195-GCABA-DGLTACDN/22, y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 texto consolidado por Ley Nº 6.347 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;
BO-2022-6322-GCABA-DGCLCON
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