Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/11/2020

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5999 - 16/11/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 336

Que, asimismo, el artículo 128 establece que las Comunas ejercen funciones de planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad, respecto a las materias de su competencia;
Que la Ley N1.777 es la norma orgánica de las comunas y define su naturaleza jurídica como unidades de gestión política y administrativa descentralizada;
Que el artículo 11 de la Ley N 1.777 establece como competencia concurrente de las Comunas y del Poder Ejecutivo c. La fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los espacios públicos, suelo
Que la Ley Nº 5959 incorporó al artículo 2.1.9 del Código de Tránsito y Transporte de la C.A.B.A Construcciones permanentes o transitorias en la vía pública, que establece que Toda construcción a erigirse en la vía pública debe contar con la autorización previa de la autoridad encargada de la estructura vial. Cuando no constituyan obstáculo o peligro para la normal fluidez del tránsito, se autorizan construcciones permanentes o transitorias en la zona de camino, siempre que reúnan condiciones de seguridad satisfactorias, a los siguientes fines: el siguiente texto: e Plataformas de esparcimiento";
Que a través de la Resolución Conjunta Nº2-MAYEPGC-2018 se aprobó el Procedimiento para la tramitación del permiso de uso del espacio público para la instalación de las plataformas de esparcimiento, el cual establece que los permisos para el emplazamiento de áreas gastronómicas serán otorgados por un plazo de 5
años, y las Condiciones técnicas del modelo único de plataformas de esparcimiento;
Que mediante la Resolución N 219-GCABA-SECACGC/20 se aprobó el Manual Operativo para la tramitación de solicitudes de permisos de uso del espacio público para el emplazamiento de plataformas de esparcimiento, el cual prevé que es competencia de las Comunas emitir la resolución de otorgamiento o denegatoria del permiso solicitado de uso del espacio público para el emplazamiento de la plataforma de esparcimiento; ;
Que, por el expediente citado en el visto, PAMPANITO S.A., CUIT N 30-71567564-8, solicita el permiso particular de uso del espacio público, para la instalación de una plataforma de esparcimiento en la calzada contigua a la acera del local comercial ubicado en la calle RIVADAVIA MARTIN, COMODORO 1694 -VILELA 1695;
Que se deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones generales impuestas por el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y específicamente a lo dispuesto en el Capítulo 11.8 del mismo;
Que tal como surge del expediente, el local mencionado se encuentra habilitado como restaurante, cantina, casa de lunch, despacho de bebidas, wisquería, cervecería, de acuerdo a lo previsto y exigido en el artículo 11.8.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Secretaría de Transporte y Obras Púbicas de la Jefatura de Gabinetes de Ministros, ha tomado oportuna intervención mediante la emisión de los IF-202023365302-GCABA-DGGSM e IF-2020-23342012-GCABA-DGGSM, a través del cual informa que considera viable el pedido de instalación, debido a que se hizo un análisis integral de seguridad vial, y se llegó a la conclusión de que cumple con los requerimientos necesarios para su emplazamiento en calzada.;
Que a través de la NO-2020-24632707-GCABA-DGLIM ha tomado intervención la Dirección General de Limpieza;
Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con carácter precario, personal e intransferible;

BO-2020-5999-GCABA-DGCLCON

Página 336 de 559

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/11/2020

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date16/11/2020

Page count560

Edition count5639

First edition06/08/1996

Last issue31/07/2024

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