Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/2/2019

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5561 - 18/02/2019

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 131

Que, la Ley Nº 1217 en su artículo 7º inciso b establece, que en el procedimiento de comprobación de faltas, y a efectos de hacer cesar la misma, los organismos administrativos que controlan faltas en ejercicio del Poder de Policía pueden "b proceder a la clausura preventiva del/los locales y/u obras en infracción";
Que, por lo expuesto corresponde ratificar la clausura inmediata y preventiva del local en cuestión impuesta en fecha 31 de enero de 2019, por encontrarse afectadas las mínimas condiciones de funcionamiento y seguridad que todo establecimiento debe observar;
Que, ha de señalarse al administrado que la Violación de Clausura constituye una Contravención conforme se establece en la Ley 1472 Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Título II Protección de la propiedad Pública y Privada Capítulo I Administración Pública y Servicios Públicos, artículo 73.
Por ello, visto lo manifestado en el Dictamen Legal y en uso de las facultades que le fueran conferidas por la Ley 2624/07 TEXTO CONSOLIDADO POR LEY 5.666 B.O.
5014 DE FECHA 24/11/2016, el Decreto Nº 363/GCABA/2015 y la Resolución Nº 14/AGC/2016, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DISPONE:
Artículo 1.-Ratificar la medida de clausura inmediata y preventiva, impuesta el 31 de enero de 2019, sobre el local sito en la Av. Corrientes 2451 PB Local 33 de esta Ciudad constatando que funciona como comercio minorista reparación de celular y min venta y accesorios celulares", explotado comercialmente por Erica Mendoza Escudero con DNI N 95.075.467 por encontrarse afectadas las condiciones mínimas de:
Funcionamiento:
a Tener aparatos electrónicos usados de telefonía celular para su reparación sin documentación respaldatoria Ley 6009 se secuestran 03 tres celulares y una batería 1 todo detallado en el acta de secuestro e inventario 1 celular blanco Samsung 5
baterías EB-L1G5LU Samsung 1 Bateria Samsung EB-4242SSVU 3 Baterias Nokia 5H Art. 4.1.29 de Ley 451, incorporado por Art. 5º Ley 6009, Arts. 1º y 2º Resolución 592-AGC/2018 y Resolución Conjunta RESFC-2018-1-AGC y su Anexo I.
Seguridad:
b Falta de equipo extintor ABC de 5 Kg en local Art. 4.12.2.3 CE
c Falta de disyuntor diferencial en tablero eléctrico Art. 8.10.1.21 AD 630.136
d Tener cables expuestos de 220 V al alcance de la mano en caja embutidos en pared c/tapa a modo de tablero eléctrico Artículo 8.10.1.3 CE
Artículo 2.-Se hace saber que la clausura inmediata y preventiva impuesta fue asentada en el Libro de la Comisaría de la jurisdicción en la cual se emplaza el establecimiento.
Artículo 3.-Remitir las actas de comprobación de faltas a la Dirección General de Administración de Infracciones en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 8 de la Ley 1.217.
Artículo 4.-Mantener los términos del Acta de Intimación N 300333/DGFYC/2019
Artículo 5.-De comprobarse la violación de la medida impuesta, se dará intervención a la Fiscalía en lo Penal Contravencional y de Faltas correspondiente.
Artículo 6.-Notificar al interesado. Fecho, cumplir con las comunicaciones de estilo.
May
BO-2019-5561-GCABA-DGCCON

página 131 de 358

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/2/2019

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date18/02/2019

Page count359

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First edition06/08/1996

Last issue02/08/2024

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