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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/11/2018
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5493 - 06/11/2018
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 21
Art. 9.- La restitución del inmueble al Gobierno de la Ciudad por el cumplimiento del plazo establecido en el artículo 1, o bien, originado en cualquier tipo de incumplimiento, incluye todas las construcciones y mejoras que se hubieran realizado sin otorgar derecho alguno o reclamo por compensación, ni indemnización por parte de la entidad beneficiaria.
Art. 10.- En caso de necesidad fundada, si la Ciudad debiera solicitar la restitución del inmueble antes de cumplido el plazo establecido en el Art. 1, deberá notificar a la beneficiaria quien, dentro de los sesenta 60 días, deberá entregar el predio sin que esta restitución genere gastos o indemnizaciones a favor de la entidad por parte del Gobierno de la Ciudad.
Art. 11.- Comuníquese, etc. Quintana - Pérez
DECRETO N.º 354/18
Buenos Aires, 2 de noviembre de 2018
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 6023 EE Nº 29.672.027/MGEYA-DGALE/2018, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 18 de octubre de 2018.
El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Economía y Finanzas.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel
BO-2018-5493-DGCCON
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