Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5486 - 26/10/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 128

Que en ese contexto, el titular de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud solicitó al Ministerio de Cultura la contratación artística del señor NICOLAS MARCELO COTA, DNI N 23.086.376, para una presentación en el Parque Urban Park URBAN, en el marco de Los Juegos Olímpicos de la Juventud, Buenos Aires 2018;
Que de la citada solicitud surge que la contratación se realice el día 10 de octubre de 2018, por un importe de PESOS VEINTICINCO MIL $ 25.000.-;
Que en el marco de la normativa regulatoria de las contrataciones artístico culturales en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el artículo 8 del Decreto N 224/13 entiende por contratos de servicios o de la obra artístico-culturales aquellos exclusivamente celebrados para la producción de actividades que conforman servicios finales y que pueden identificarse con acciones específicas que ejecuta cada unidad de organización del Ministerio de Cultura, incluyendo los espectáculos teatrales, musicales, de ballet y líricos, los festivales, los conciertos, las exposiciones, las conferencias y las actividades académicas afines a la materia;
Que la presente contratación cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N 224/13, su modificatorio Decreto N 182/15, la Resolución N 1016-MEFGC-18, y la Resolución FC N 665-MEFGC-18, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo-IF-2018-27289202-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.
Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.
Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2018.
Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro
ANEXO

BO-2018-5486-DGCCON

página 128 de 439

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2018

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date26/10/2018

Page count440

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First edition06/08/1996

Last issue03/07/2024

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