Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/9/2018

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5466 - 27/09/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 215

Que, por último, cabe destacar en este sentido que el Dr. Tomás Hutchinson sostiene que "Constituye un requisito de admisibilidad; es necesario que quien formule la pretensión tenga legitimación para que el órgano administrativo pueda examinarla en un procedimiento concreto." Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, Ed. Astrea, Buenos Aires, año 2003, pág. 198.
Que a mayor abundamiento cabe señalar que, aún cuando lo hubiera acreditado, lo cierto es que estaríamos frente a un hecho producido por un accionar delictivo respecto del cual esta Administración es ajena y carece de toda responsabilidad.
Que en tal sentido, queda claro entonces que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, no debe asumir ningún tipo de responsabilidad por las acciones de tipo delictivo como la que se denuncia en estas actuacionesque pudieron realizar los individuos que forman parte del "hinchada de Quilmes".
Que corresponde en consecuencia, dictar el pertinente acto administrativo que con fundamento en lo expuesto deniegue la petición efectuada por el Sr. Daniel Jorge Hrehoraszczuk, DNI 10.428.847, por la cual solicita un resarcimiento por los supuestos daños provocados al puesto de diarios y revistas ubicado en la calle Uruguay 705, de esta Ciudad, por parte de la "hinchada del club Quilmes", con fecha 31/10/17.
Que por ello y en virtud de las facultades conferidas por la ley 1777, el Decreto 166/GCBA/2013 y su modificatorio 2013/GCBA/20166
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL 1
RESUELVE
Artículo 1ro.: Deniégase la petición efectuada por el Sr. Daniel Jorge Hrehoraszczuk, DNI 10.428.847, en relación a los supuestos daños provocados al puesto de diarios y revistas ubicado en la calle Uruguay 705, de esta Ciudad, por parte de la "hinchada del club Quilmes", con fecha 31/10/17.
Artículo 2do.: Regístrese, comuníquese a la Dirección Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaria de Descentralización. Notifíquese al interesado cumpliendo estrictamente las pautas contenidas en el Capítulo VI. Notificaciones de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, por alguno de los medios previstos en el art. 61 o, en su caso, por notificación electrónica prevista en el art. 65 bis incorporado por Ley 4.735 - BOCBA 4.301. En ambos casos, deberá adjuntarse una copia certificada de dicho acto y, teniendo en cuenta que el mismo ha sido dictado por la Junta Comunal, deberá hacerse expresa aclaración de que agota la vía administrativa y que el interesado podrá optar por interponer: a el recurso de reconsideración contemplado en el art. 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos citada, dentro del plazo de diez 10 días hábiles, b el recurso administrativo de alzada, dentro del plazo de quince 15 días hábiles o, c la acción judicial pertinente cfr. arts. 113, 114, 117, 119 y ccs. de la Ley citada. Salcedo
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N. 17.980.101/COMUNA1/18
Buenos Aires, 26 de junio de 2018
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las leyes 1777 y 4013, el Decreto 166/2013 y su modificatorio 203/GCBA/2016, el EX-2018-038284475MGEYA-UAC1, el EX-2017-22785794-MGEYA-UAC1, el Acta de Junta Comunal 1 de fecha 11 de junio de 12018 y BO-2018-5466-DGCCON

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/9/2018

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date27/09/2018

Page count320

Edition count5639

First edition06/08/1996

Last issue31/07/2024

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