Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 25/9/2018

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5464 - 25/09/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 284

Resolución Comunal Jefatura de Gabinete de Ministros
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N. 10.289.468/COMUNA4/18
Buenos Aires, 10 de abril de 2018
VISTO:
El Expediente N EX-2016-09669794- -MGEYA-COMUNA4, y la Ley 1777, Decreto N
453- GCABA/12, Decreto N 472 - GCABA/13, Resolución N 436-SECGCYAC/12, Decreto N 40- GCABA/13, Ordenanza 33581/77, y 33721/77 y Ley Nacional 11843 y la Resolución N 446/GCABA/MJGGC/16; y CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio sito en la Avenida Regimiento de Patricios 964.CABA de esta Ciudad;
Que habiéndose solicitado los informes de rigor a las áreas correspondientes a los fines de la identificación del titular, surge que la Partida Matriz 122746 se encuentra a nombre de tal como informa la Dirección General de Rentas.
Que de la solicitud de informes a las áreas correspondientes surge que lo antes expuesto surge que el domicilio fiscal es coincidente con la ubicación física del inmueble, tal como consta en la actuación citada en el visto;
Que en fecha 12 de Diciembre del 2017 inspectores de la Comuna 4 se constituyeron en el inmueble a efectos de verificar las condiciones de Higiene y salubridad del lugar Acta de Intimación N 0139/COMUNA4 por haber verificado la falta de higiene, malezas, suciedad, basura en general así como presencia de roedores. Siendo el mismo un sitio propicio para el anidamiento y proliferación de roedores, insectos y alimañas;
Que con fecha 19 de Mayo del 2016 inspectores de la Comuna 4 se constituyeron nuevamente en el lugar a fin de verificar el cumplimiento de la intimación, constatando que las tareas solicitadas por medio de la misma no fueron realizadas, y, en consecuencia, labraron acta de comprobación Serie 4 N 00185197;
Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que "todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética
Que en consecuencia, conforme lo dispuesto por la normativa vigente corresponde intimar al propietario del citado inmueble, para que en el plazo de treinta 10 días de notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización, desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionados por la administración y a su costa;
Por ello, y en uso de facultades que le son propias, EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL DE LA COMUNA N 4
RESUELVE

BO-2018-5464-DGCCON

página 284 de 433

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 25/9/2018

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date25/09/2018

Page count434

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First edition06/08/1996

Last issue08/08/2024

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