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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 31/7/2018
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5425 - 31/07/2018
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 38
Artículo 3.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas: ALFREDO
SAMPEDRO: la totalidad de la oferta por no cumplir con lo establecido en los Artículos 15 al 24 y 29 incisos 1 al 5 y 7 al 10 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
MDP SISTEMAS DIGITALES SRL.: la totalidad de la oferta por no encontrarse inscripto al momento de la preadjudicación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 22 del Decreto Nº 326/17, reglamentario de la Ley Nº 2.095 de Compras y Contrataciones texto consolidado por Ley Nº 5.666, en concordancia con el Artículo 5º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC. JUAN MANUEL MOGHAMES: Renglones Nro. 1 al 3, 6, 7, 24 al 30, 52, 53, 55, 59, 61 y 67 al 71 por no encontrarse inscripto en las clases pertinentes al momento de la Preadjudicación; Renglones Nro. 8, 17, 20 y 37
por no ajustarse a los requerimientos del Pliego de Especificaciones Técnicas y Renglones Nro. 4, 5, 40 y 62 por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. RELD S.A.C.I.F.I.A.:
se desestima la oferta por expresar su voluntad de no renovar el mantenimiento de la misma, conforme los plazos establecidos por la normativa vigente. LICICOM S.R.L.:
Renglones Nro. 1 al 4, 6 al 11, 15, 24 al 26, 30, 33, 34, 44, 47 al 55, 57, 59, 60, 62, 67
al 69 y 71 por no encontrarse inscripto en las clases pertinentes al momento de la Preadjudicación; Renglones Nro. 39 y 40 por no ajustarse a los requerimientos del Pliego de Especificaciones Técnicas y Renglones Nro. 5, 18 al 21, 35, 42, 65 y 66
por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. DECORSAN S.R.L.: Renglones Nro. 1, 4 al 7, 15, 24 al 28, 32, 35, 39 al 45, 48 al 54, 56 al 59, 62 al 67 y 69 al 71 por no encontrarse inscripto en las clases pertinentes al momento de la Preadjudicación y Renglones Nro. 17 y 21 por no ajustarse a los requerimientos del Pliego de Especificaciones Técnicas. LAURENCE JAVIER DRUSCOVICH: Renglones Nro. 4, 46 y 59 por no ajustarse a los requerimientos del Pliego de Especificaciones Técnicas y Renglón Nro. 53, por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. OMAR DANIEL VENTURINO Y DANIEL
ALBERTO VENTURINO S.H.: la totalidad de la oferta por no cumplir con el Artículo 14
inciso c del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. DATANDHOME SUPPLIER
S.A.: Renglones Nro. 6 y 42 opción 2, por no ajustarse a los requerimientos del Pliego de Especificaciones Técnicas y opción 2 de los Renglones Nro. 40, 43 y 68
por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. INGENIERIA GASTRONOMICA SA: la totalidad de la oferta por no cumplir con lo establecido en los Artículos 15, 17 al 24 y 29 incisos 1 al 5 y 7 al 10 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. TUX S. A.: la totalidad de la oferta por no encontrarse inscripto al momento de la preadjudicación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 22 del Decreto Nº 326/17, reglamentario de la Ley Nº 2.095 de Compras y Contrataciones texto consolidado por Ley Nº 5.666, en concordancia con el Artículo 5º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC y no cumplir con los Artículos 15, 17, 18 y 29 inciso 5 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ICAP
S.A.: Renglones Nro. 1 y 4 al 6, 16, 17, 20, 21, 25 al 31, 35, 36, 39 al 45, 49 al 53 y 67
al 70 por no encontrarse inscripto en las clases pertinentes al momento de la Preadjudicación y el Renglón Nro. 64 por no ajustarse a los requerimientos del
BO-2018-5425-DGCCON
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