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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 25/6/2018
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5400 - 25/06/2018
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 274
Que por razones de servicio resulta oportuno y conveniente dictar un acto administrativo que deje sin efecto la designación de los referidos agentes, designando en su reemplazo a Roberto Francisco Medina, D.N.I N 37.019.113 Locación de Servicios y Celso Manuel Pasar, D.N.I. N 38.836.315 Locación de Servicios haciendo uso de la excepción del Artículo 3º del Anexo de la Disposición Nº 82/DGCG/2010 por carecer de personal de Planta Permanente idóneo para cubrir la designación pretendida.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N 263/10, LA DIRECTORA GENERAL DE COMUNICACIÓN PARTICIPATIVA
DISPONE:
Artículo 1.- Déjese sin efecto la designación de Juan Manuel Angelini, D.N.I. N
33.025.118 y de Marianela Pedulla, DNI N 38.254.798, como responsables de la Unidad de Servicios Patrimoniales de Segundo Orden de la Dirección General Comunicación Participativa, efectuada por Disposición DI-2016-17-DGCPAR.
Artículo 2.- Desígnase como responsables de la Unidad de Servicios Patrimoniales de Segundo Orden creada por Decreto Nº 263/GCBA/10, de la Dirección General Comunicación Participativa, haciendo uso de la excepción del Artículo 3º del Anexo de la Disposición Nº 82/DGCG/2010, por carecer de personal de Planta Permanente idóneo para afrontar la designación pretendida, a los Sres. Roberto Francisco Medina, D.N.I N 37.019.113 Locación de Servicios y Celso Manuel Pasar, D.N.I. N
38.836.315 Locación de Servicios.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Jefatura de Gobierno, y a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y notifíquese a los interesados. Para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de Contaduría General dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido archívese. Maunier
BO-2018-5400-DGCCON
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