Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 29/11/2017

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5264 - 29/11/2017

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 138

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE
RESUELVE
Artículo 1º.- Autorizar al Club de Corredores, para la realización de una prueba atlética denominada "Maratón Consejo", a efectuar, con presencia policial, el día domingo 26
de noviembre de 2017, las siguientes afectaciones al tránsito, en los horarios detallados a continuación:
Corte total de Av. Pres. Figueroa Alcorta, entre Av. Dorrego y Julio Argentino Noble, sin afectar bocacalles, en el horario de 03.00 a 11.00.
Cortes totales, momentáneos y sucesivos partiendo desde Av. Pres. Figueroa Alcorta, entre Av. Dorrego y Julio Argentino Noble, por Av. Pres. Figueroa Alcorta, hasta Dr.
Roberto Levillier, retomando Av. Pres. Figueroa Alcorta, Av. Dorrego hasta Av. Del Libertador, retomando Av. Dorrego, Av. Cnel. Marcelino Freyre, Av. Infanta Isabel, Av.
Iraola, Av. Pres. Pedro Montt, Av. Cnel. Marcelino Freyre, Av. Dorrego, hasta Av. Del Libertador, retomando Av. Dorrego, Av. Pres. Figueroa Alcorta, Int. Pinedo, Agustín Méndez, Av. Valentín Alsina, hasta Av. Olleros, retomando Av. Valentín Alsina, Av. De Los Ombúes, Andrés Bello, Av. Ernesto Tornquist, Av. Valentín Alsina, Av. Pres.
Figueroa Alcorta, hasta el punto de partida, en el horario de 08.30 a 11.00.
Cierres totales, momentáneos y sucesivos de las transversales en el momento del paso de los participantes, en el horario de 08.30 a 11.00.
Artículo 2º.- El tránsito que pretenda circular por las calles afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación.
Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10
de la Ley Nº 2.148.
Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96.
Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez.
Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes.
Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la solicitante, a la Policía, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Rentas Departamento de Otros Recursos, de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a las Gerencia Operativas de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito. Cumplido, archívese. Galuzzi
BO-2017-5264-DGCCON

página 138 de 514

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 29/11/2017

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date29/11/2017

Page count515

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First edition06/08/1996

Last issue26/07/2024

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