Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/11/2017

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5252 - 10/11/2017

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 174

Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese, a las Direcciones Generales Comunicación y Competitividad de la Oferta, Inteligencia de Mercados y Observatorio y Técnica, Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Dirección General de Contaduría General a efectos de liberar los fondos comprometidos. Cumplido, archívese. Robredo
RESOLUCIÓN N. 185/ENTUR/17
Buenos Aires, 3 de noviembre de 2017
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.627, su modificatoria y 5.460, el Decreto Nº 477/11, la Resolución Nº 782/MHGC/17, las Disposiciones Nros. 34/DGCG/11, 468/DGCYC/16 y 246/DGCYC/17, el Expediente Electrónico Nº 18.727.801/DGPRT/17 y CONSIDERANDO:
Que por Ley N 2.627 y su modificatoria, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Ley N 5.460, se aprobó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ente de Turismo en la órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, en virtud de lo dispuesto por el artículo 38 de la citada norma, modificatorio del artículo 1 de la Ley N 2.627 de creación del Ente;
Que es su función fomentar el turismo nacional e internacional y desarrollar estrategias de mercado que tiendan a promocionar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como destino turístico, así como representarla, como administración local de turismo, ante todo aquellos organismos nacionales, internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, entidades públicas y privadas, empresas y particulares;
Que por Decreto N 477/11, se aprobó el nuevo régimen de viáticos, alojamiento y pasajes, destinado a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior del país;
Que el artículo 2 del Decreto mencionado estableció que, los viajes oficiales que los funcionarios y/o agentes realicen deben redundar en un beneficio concreto para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Disposición N 34/DGCG/11 aprobó el procedimiento para las asignaciones en concepto de viáticos, alojamiento y pasajes;
Que el Anexo I de la mentada Disposición estableció que los fondos para tales conceptos serán depositados en la cuenta de la repartición, y los responsables de la Caja Chica Común de la misma deberán entregarlos al funcionario o agente autorizado a viajar, quien será el responsable de la rendición;
Que el punto 11 del Anexo VI de ese cuerpo normativo establece que el monto solicitado se rendirá, en conceptos de "Viáticos" en su totalidad y en forma no documentada mediante el formulario "Declaración Jurada de Viáticos, Alojamiento y Pasajes" aprobado por el Anexo III del Decreto N 477/11;

BO-2017-5252-DGCCON

página 174 de 499

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/11/2017

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date10/11/2017

Page count500

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First edition06/08/1996

Last issue08/08/2024

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