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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/12/2016
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5021 - 06/12/2016
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Que en los presentes actuados tramita la petición de la señora María Jimena Ríos CUIT 27-29015610-1, con domicilio constituido en Londres 4293 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitando que el proyecto N 4536/RPC/16 titulado "EXVOTOS NUEVOS PROMESANTES" sea incluido en el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la aspirante a beneficiaria ha solicitado la suma de $ 248.650.-;
Que el Consejo de Promoción Cultural ha resuelto sobre el interés cultural del proyecto, concediéndole hasta la suma máxima de $ 248.650.-;
Que el Subgerente Operativo de Regímenes de Promoción Cultural ha dictaminado que el proyecto cumple con las formalidades establecidas en la Resolución N 648MCGC-10 y en el instructivo publicado oportunamente, manifestando que no hay observaciones que realizar y por tanto eleva el proyecto a los fines de su consideración en los términos del artículo 9 inc. C de la Ley N 2.264.
Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N 2.264 y el Decreto N
886/07, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el proyecto N 4536/RPC/16 titulado "EXVOTOS NUEVOS
PROMESANTES", presentado por la señora María Jimena Ríos CUIT 27-29015610-1, por resultar el mismo de interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Establécese que el financiamiento del proyecto aprobado podrá alcanzar la suma máxima de $ 248.650.-.
Artículo 3º.- Pase, para su conocimiento, a la Subgerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar a la interesada. Petitt
RESOLUCIÓN N.º 9213/MCGC/16
Buenos Aires, 8 de noviembre de 2016
VISTO:
La Ley N 2.264, los Decretos Nros. 886/07, su modificatorio 1.135/09 y las Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 y el Expediente Electrónico N
22.883.919/MGEYA-DGTALMC/2016, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la aprobación de todos los proyectos que cuenten con resolución favorable del Consejo de Promoción Cultural;
Que el artículo 6 de la Ley N 2.264 crea el Consejo de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
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