Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/6/2016

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4898 - 07/06/2016

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
del TAG y detalle de pasos, de la denuncia del siniestro frente a la aseguradora San Cristóbal y dos fotografías;
Que, a fs. 15 obra Formulario de Reclamo ante el ERSP Nº 677/AAU/2010, en el que consta que los hechos relatados por el usuario configuran un reclamo en los términos del Art. 5 del Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiendo dar inicio al trámite del mencionado Capitulo del Reglamento.
Que, a fs. 18/20 se fija audiencia de conciliación para el día 26/05/2010 y se notifica a las partes. No habiendo comparecido el reclamante, se procede a fijar nueva audiencia.
Que, a fs. 28 el Área Técnica en su Informe Nº 217/ATyC/2013 considera que el incidente denunciado no es responsabilidad de AUSA, ya que excede la responsabilidad del concesionario;
Que, a fs. 32 la Asesoría Legal ordena la apertura del trámite de reclamo y sumario;
Que, a fs. 33 la Gerencia de Usuarios designa Instructor Sumariante y ordena correr traslado del reclamo a Autopistas Urbanas SA, para que en el plazo de 10 dias tome vista de las actuaciones, y pueda allanarse o efectuar su descargo y ofrecer prueba Arts. 13 y 26 del Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones;
Que, a fs. 34/35 se dispone correr traslado a Autopistas Urbanas SA y se envía cédula de notificación a la misma;
Que, a fs. 36/40 Autopistas Urbanas SA presenta su descargo;
Que, a fs. 41/42 habiendo la sumariada presentado descargo, se corre traslado al usuario por el plazo de tres días, notificándoselo por cédula;
Que, a fs. 43 se procede a abrir a prueba las actuaciones, requiriéndole a la sumariada: 1 Parte de tareas y mantenimiento del día del incidente, 2 Copias de incidentes denunciados, 3 Parte de los móviles de seguridad, 4 Todo otro elemento de prueba que tenga a su disposición en relación al siniestro denunciado;
Que, a fs. 45/61 Autopistas Urbanas SA acompaña la documentación requerida;
Que, a fs. 62 se resuelve la clausura del periodo probatorio, poniéndose los obrados para alegar por el término de diez días;
Que, a fs. 65/67 Autopistas Urbanas SA presenta el alegato;
Que, a fs. 70 obra Informe N 328/ATyC/2014 del Área Técnica, en el que ratifica el Informe N 217/ATyC/2014;
Que, habiéndose respetado el derecho a defensa, el derecho a ser oído, el derecho a ofrecer prueba y el debido proceso, el reclamo del Señor Walter Edgardo Laspina no debe prosperar, atento que no se han logrado incorporar elementos que provoquen convicción, en relación a su relato;
Que, no existe hilo conductor que permita demostrar los hechos narrados. En tal sentido, el Sr. Laspina manifiesta que tuvo el incidente el día 09/03/2010, poco antes de llegar al peaje. Sin embargo, conforme surge de fs. 2 la denuncia la realizó al día siguiente;
Que, no es razonable aceptar que, las piedras de un camión dañan el vehículo del Sr.
Laspina y teniendo la posibilidad de denunciarlo en ese momento, no lo hizo.
Asimismo, la documentación que acompaña prueba que volvió a pasar por dicha vía el mismo día a las 17.03 hs y tampoco realizó el reclamo;
Que, como se ha dejado sentado en casos análogos, el formulario de reclamo no es una manifestación unilateral del usuario. Los responsables de tomar el reclamo por la concesionario, no sólo llenan parte del formulario, sino que verifican el daño y en muchas ocasiones, frente a lo denunciado toman medidas para solucionar los inconvenientes sobre la traza. La denuncia del usuario no sólo sirve para sentar antecedente en el caso particular, sino para que la autopista tome conocimiento de anomalías que pudieran estar pasando en la traza, por ejemplo objetos sobre la traza, animales sueltos;

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/6/2016

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date07/06/2016

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First edition06/08/1996

Last issue08/08/2024

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