Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/5/2015

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4646 - 28/05/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Que luego prestó declaración testimonial Lucía Capelli, quien cumplía funciones en la Dirección General de Atención Ciudadana; de la cual surge que el día 15/08/07 cerca de las 16.00 hs se encontraba en su lugar de trabajo cuando percibió gritos entre Márquez y Medina provenientes de la Mesa de Entradas; que luego ésta última ingresó a la Administración para hablar con el Director Alejandro García y cuando salió le dijo a Márquez "algo así como la próxima vez que me faltes el respeto lo arreglamos afuera", acto seguido se escucharon ruidos de armarios y gritos, pero Capelli no alcanzó a ver los golpes, luego unos chicos las separaron, quedando en el lugar Márquez quien presentaba hematomas en el rostro; luego arribó personal del SAME y fue trasladada;
Que Bianca Natasha Ferrari, quien al momento de los hechos se desempeñaba en la Dirección General de Enlace Comunitario e Institucional, prestó declaración testimonial, relatando que en horas de la tarde del día del hecho, se encontraba junto a Márquez en su lugar de trabajo, cuando de pronto apareció Medina y comenzó a increpar a Márquez; luego de un intercambio verbal, Medina comenzó a golpear a Márquez a puño cerrado; luego de separadas, Márquez fue atendida por personal del SAME;
Que conforme surge de la declaración testimonial de Fiorella Petruzzello, empleada de Dirección General de Atención Ciudadana, una tarde de agosto Medina salió de su lugar de trabajo y le solicitó a Petruzzello que le alcanzara algo que estaba en el cajón del escritorio donde ella debía cumplir sus funciones; al escucharla Márquez le dijo "acercate y agárralo vos que ese es tu escritorio y deberías estar allí cumpliendo funciones"; luego Medina fue a hablar con el Jefe Administrativo y al salir de la oficina de éste se dirigió hacia Márquez a quien tomo del cabello y comenzó a golpearla con puños y propinarle patadas; luego de ser separadas, se procedió a llamar al SAME
debido a que Márquez presentaba golpes en su rostro;
Que existiendo mérito suficiente, se decreto la indagatoria a las agentes María Gabriela Márquez y Karina Lucía Medina;
Que en su declaración indagatoria, la agente Márquez explicó que al momento del hecho ella era responsable del Área de Personal y se encontraba trabajando con Petruzzello sobre el censo del personal del Decreto N 948, por lo tanto estaba muy urgida por su labor; que en ese momento llegó Medina y se dirigió a su compañera pidiéndole que le alcanzara un tarjetero que estaba en un escritorio; "pero que como estaban tapadas de trabajo", Márquez le contestó que "pasara y lo retirara ella", razón por la cual Medina se puso sumamente colérica y empezó a insultar a Márquez y a golpear los muebles; que acto seguido Medina se retiró y se dirigió a hablar con el entonces Director Administrativo Alejandro García, quien manifestó que luego hablaría con Márquez; que después mientras Márquez seguía en su puesto de trabajo, escribiendo con la computadora, se le acercó por su lado izquierdo con gritos descontrolados y, automáticamente, comenzó a pegarle en la cara, en el cuerpo y "la agarro de los pelos"; que debido a los gritos de Márquez, Alejandro García, Diego Parengo y Nicolás Palungo salieron de las oficinas lindantes y le sacaron a Medina de encima; que ésta continuó insultándola y la invitó a salir a la calle a pelearse, pero Márquez no accedió; y agregó que en ningún momento insultó a Medina, que las agresiones fueron unilaterales y que el SAME concurrió al sólo efecto de atender los golpes que ella había recibido;
Que en la declaración indagatoria de Karina Lucía Medina, la misma hizo uso del derecho a negarse a declarar y rechazó ser involucrada en este sumario alegando que su vínculo jurídico con esta Administración se limitó a un contrato de locación de servicios que la excluye de una relación de empleo público; acompañando en dicho acto copia simple de la Resolución Conjunta N 1.726/MAyEP/MH/2008, por la cual la autoridad le rechaza un reclamo salarial derivado del contrato de locación de servicios rescindido;

Página 102

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/5/2015

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date28/05/2015

Page count254

Edition count5627

First edition06/08/1996

Last issue15/07/2024

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