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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/5/2011
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 3663 - 13/05/2011
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N77
148-2011;
Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido.
Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 3 del Anexo I del Capítulo I
del Decreto N 148-2011, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1º.- Transfiérese al agente Edgardo Néstor Pilla, ficha 283.486, CUIL
20-13799672-4, al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Pda.
5007.0000.SA.06.606, deja Pda. 5020.0000.SA.06.606, de la Dirección General de Infraestructura y Mantenimiento Edilicio.
Artículo 2º.- Regístrese, publíquese y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Infraestructura y Mantenimiento Edilicio, al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese en la repartición de origen, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 8 del Decreto N 2007-03. Lombardi
Ministerio de Desarrollo Económico
RESOLUCIÓN N. 240/SSDEP/10.
Buenos Aires, 22 de septiembre de 2010
VISTO:
la Ley Nº 2.506, el Decreto Nº 2.075/07, la Ley Nº 1.624, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, la Ley Nº 1.807, el Decreto Nº 1.377/07, la Resolución Nº 48/SSDEP/08, el Expte. Nº 41.994/2009, y CONSIDERANDO:
Que la Ley del Deporte Nº 1.624/04, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa a nivel comunitario y en edad escolar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Expediente Nº 76.059/2008 la FEDERACIÓN ARGENTINA DE BOCHAS
solicitó un subsidio para el financiamiento de compra de indumentaria deportiva, premiación, compra de una computadora y fotocopiadora, y mediante Resolución Nº 180/SSDEP/2008, recibió subsidió por un monto de pesos veinticinco mil $25.000.-;
Que atento lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto Nº 1377/07, esta Subsecretaría de Deportes cuenta con facultades para otorgar subsidios a las entidades deportivas de segundo y tercer grado inscriptas en el Registro Único de Instituciones Deportivas, en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional y Tecnificación Deportiva,