Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/2/2011

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N 3602 - 09/02/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N14

dichos estatutos especiales el Estatuto Docente;
Que en ese orden de ideas, en el citado Estatuto únicamente se encuentran comprendidos aquellos trabajadores que poseen la calidad de docente y que presten funciones en las Áreas de la Educación, a saber: Área de Educación Inicial, Área de Educación Primaria, Área Curricular de Materias Especiales, Área de la Educación del Adulto y del Adolescente, Área de la Educación Posprimaria y Área de la Educación Especial;
Que de lo expuesto surge que el personal que se desempeña en el ámbito de la Educación No Formal no se encuentra comprendido en dicho Estatuto y por lo tanto su relación de empleo público se rige por las pautas de la Ley N 471;
Que en tal entendimiento, se advierte que la agente Beatriz Alicia Alter, F.M. N
294.071, no resulta alcanzada por las previsiones del Estatuto Docente, debiendo adecuar el cumplimiento de sus funciones a la jornada laboral establecida por el N 38
de la citada Ley, así como también los términos del Decreto N 153/02;
Que por todo lo expuesto y de conformidad con lo dictaminado por dicho órgano Asesor, mediante la Resolución N 2.855/MEGC/2008, se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por la recurrente;
Que respecto del recurso jerárquico en subsidio, cabe destacar que habiéndose notificado a la agente de conformidad con los términos del artículo N 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la misma no mejoró ni amplió los fundamentos de su recurso;
Que de conformidad con lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y teniendo en consideración que la recurrente no ha aportado nuevos elementos de hecho y de derecho que permitan conmover la decisión adoptada, corresponde desestimar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración.
Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Articulo 1 - Desestímase el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por la agente Beatriz Alicia Alter, F.M N 294.071, contra los términos de la Resolución N 511/MEGC/06.
Articulo 2. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Articulo 3. - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires quien deberá poner en conocimiento del Juzgado en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N 2, Secretaria N 3, donde tramitan los autos Alter, Beatriz Alicia C/G.C.B.A. s/ Medida Cautela los términos del presente Decreto, y para su conocimiento y demás efectos pase al Ministerio de Educación, quien deberá practicar fehaciente notificación a la recurrente haciéndole saber que se encuentra agotada la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá interponer el recurso de reconsideración previsto en el articulo N 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido,archívese. MACRI - Bullrich - Rodríguez Larreta

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/2/2011

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date09/02/2011

Page count170

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First edition06/08/1996

Last issue05/07/2024

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