Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/9/2010

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3512 - 27/09/2010

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N123

Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Anexo I
y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley Nº 123.
Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias.
Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia certificada de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al recurrente, dejándose debida constancia de el o en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y de Control. Cumplido archívese. Alonso
ANEXO

DISPOSICIÓN N.º 1126/DGET/10.
Buenos Aires, 17 de agosto de 2010
VISTO:
La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/GCABA/01, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº 123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07
y el Expediente Nº 37.518/08, y CONSIDERANDO:
Que, por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización de la actividad: Fabricación de aparatos de distribución eléctrica ClaNAE 3120.0.
Fabricación de equipos eléctricos n.c.p. ClaNAE 3190.0, a desarrol arse en el inmueble sito en la cal e Fonrouge N 1.448/50/52, con una superficie de 312,58 m2 .
Circunscripción: 1, Sección: 62, Manzana: 38, Parcela: 18, Distrito de zonificación:
R2bII;
Que, en el Informe N 4.796-DGET/10 de fecha 14 de Mayo de 2.010, el área de evaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;
Que, asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que, la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352-GCBA-02;
Que, los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación;
Que, el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen.
Por el o, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones Nº 10-APRA/08 y 148-APRA-10, EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICA
DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DISPONE

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/9/2010

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date27/09/2010

Page count227

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First edition06/08/1996

Last issue05/07/2024

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