Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/6/2010

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3447 - 24/06/2010

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N29

Que, en dicho marco legal, se ha iniciado el proceso de selección e incorporación de los aspirantes civiles a formar parte de la Policía Metropolitana, habiéndose efectuado un pormenorizado análisis de los antecedentes y condiciones personales de los postulantes;
Que, por su parte, el Sr. Fernando Ali Arancedo D.N.I Nº 34.846.783, por razones de índole administrativa, no pudo ser incluido en la Resolución Nº 544-MJYSGC/10;
Que, asimismo, de acuerdo a los términos del Decreto Nº 491/PEN/97 resulta menester incorporar al régimen de la Ley Nacional Nº 24.557, de Riesgos de Trabajo, a los becarios comprendidos en la presente;
Que el mismo se trata de un estudiante del Instituto Superior de Seguridad Pública, para ser designado como becario, con los alcances previstos en el Artículo 40 de la Ley de Seguridad Pública Nº 2.894, la cual ha sido avalada por el Sr. Jefe de la Policía Metropolitana;
Que se ha efectuado la afectación de fondos para hacer frente a la erogación que origina la presente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 2.894, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1º.- Otórguese la beca mensual e individual, prevista por el Artículo 40 de la Ley Nº 2.894 y determinada por el Decreto Nº 989/09, a partir del 1º de febrero de 2010
al Sr. Fernando Ali ARANCEDO DNI Nº 34.846.783.
Artículo 2º.- Apruébase el pago de la beca mensual al Sr. Fernando Ali ARANCEDO, a partir del 1º de Febrero de 2010 y hasta la finalización del curso de formación y capacitación para la seguridad pública dictado por el Instituto Superior de Seguridad Pública.
Artículo 3º.- El gasto que irrogue el pago de las becas otorgadas por el Artículo 1º de la presente Resolución, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 4º.- La Dirección General Contaduría, de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto Nº 393/09, emitirá la respectiva Orden de Pago por el importe que corresponda según lo normado por el Decreto Nº 989/09, monto que deberá ser depositado en la cuenta Nº 20170/0 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires Casa Matriz.
Artículo 5º.- Establécese que el Sr. Fernando Ali A RANCEDO deberá contar con cobertura por riesgo de trabajo, a cuyo fin deberá iniciarse el procedimiento previsto por la Disposición Nº 11-MHGC/08, para la contratación del seguro correspondiente.
Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, a la Jefatura de la Policía Metropolitana y pase al Instituto Superior de Seguridad Pública y a la Dirección General de Administración de los Recursos Humanos de la Policía Metropolitana para su conocimiento, notificación del personal y demás efectos.
Cumplido, archívese. Montenegro
RESOLUCIÓN Nº 554 - MJYSGC/10
Buenos Aires, 16 de junio de 2010
VISTO:

La
Ley

2.095,
las
Resoluciones
Nros.

1025-MJYSGC/09

y

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/6/2010

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date24/06/2010

Page count146

Edition count5638

First edition06/08/1996

Last issue30/07/2024

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