Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/5/2010

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3416 - 07/05/2010

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N138

obrante a fs.
876;
Que, local posee habilitación por expediente Nº 32782/2001, concedida para el rubro local de baile clase C, y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 001/05 por Disposición Conjunta Nº 01/05 de fecha 24 de febrero de 2005, obrante a fs. 101;
Que, mediante Disposición Conjunta Nº 158/05 de fecha 12 de diciembre de 2005, obrante a fs. 231 se otorgó al local una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientas veintiocho 428 personas;
Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 013/06, Nº 007/07, Nº 05/08 y Nº 07/09 de fechas 3 de marzo de 2006, 2 de marzo de 2007 29 de febrero de 2008 y 25 de febrero de 2009 obrantes a fs. 314; fs. 445; fs. 631 y fs.801 respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un 1 año en cada una de ellas;
Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del informe obrante a fs.982/3;
Que, del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables;
Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, LA DIRECTORA GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Y, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
DISPONEN:
Artículo 1º: Renuévese a partir del día 2 de marzo de 2010 y por el término de un 1
año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 001/05
y opera con nombre de fantasía CASTELBAMBA, otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 001/05, a nombre de CASTELTAN S.R.L., correspondiente al establecimiento ubicado en la calle Riobamba Nº 345, planta baja y entrepiso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que posee habilitación por expediente Nº 32782/2001, en el carácter de local de baile clase C, y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientas veintiocho 428 personas.
Artículo 2º: Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta 30 días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa.
Artículo 3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a CASTELTAN S.R.L.
Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la Web y el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Farrell - Báez - Berkowski
DISPOSICIÓN Nº 18 - DGHP-DGFYC-DGFYCO/10
Buenos Aires, 24 de febrero de 2010.
VISTO: el Expediente Nº 10561/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/5/2010

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date07/05/2010

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First edition06/08/1996

Last issue09/08/2024

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