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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/8/2008
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 2998 - 22 de agosto de 2008
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N 3
DECRETO N 1.014/08
Buenos Aires, 11 de agosto de 2008.
VISTO:
La Ley N 578 B.O.C.B.A. N 1.191 y el Expediente N 29.050/2008, y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado actuado, Indexport Messe Frankfurt, solicita la Declaración de Interés del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Tecno Fidta, 9 Exposición Internacional de Tecnología Alimentaria, Aditivos e Ingredientes, que se realizará entre los días 23 y 26 de septiembre de 2008, en el Centro Costa Salguero;
Que el objetivo de la referida Exposición es reunir en un único espacio a las empresas más importantes del rubro como son los sectores dedicados a la carnicería, la pesca, los vegetales, las frutas y de alimentos en general, aspirando a establecer lazos y potenciar alianzas comerciales, exhibiendo nuevos productos y servicios;
Que simultáneamente a la muestra se desarrollará un ciclo de jornadas académicas dictadas por diversas asociaciones y organizaciones como así también la realización de ruedas de negocios, entre otras actividades, como por ejemplo la exposición líder internacional para la industria del procesamiento de la carne IFFA, que ofrecerá un espacio ideal para la capacitación de los asistentes;
Que asimismo es importante resaltar, que es voluntad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en este caso por intermedio de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, declarar de interés a todas aquellas actividades que propendan a la divulgación, conocimiento, experiencia y extensión de carácter industrialcomercial, como la aquí tratada;
Que por otro lado, cabe tener en cuenta que lo gestionado por la aludida Firma no conlleva pedido de exención de aranceles, tasas y/o contribuciones, así como tampoco implica erogación alguna al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que consecuentemente, y en vista de lo expuesto, en el presente caso se da cumplimiento a lo determinado en la Ley N 578, motivo que justifica suficientemente brindar el estímulo a que se ha hecho acreedor un evento de tal jerarquía;
Por ello, y de conformidad con las atribuciones que le son propias artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,