Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/2/2003

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 1635

20/2/2003

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Decretos DECRETO N 107
ENCOMIÉNDASE LA ATENCIÓN DEL DESPACHO
DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL AL
SR. JEFE DE GABINETE, LIC. RAÚL FERNÁNDEZ
MIENTRAS DURE LA AUSENCIA DE SU TITULAR

Página N 5

artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1 - Encomiéndase desde el 11 al 13 de febrero de 2003, inclusive, la firma del despacho de la Secretaría de Educación, al Sr.
Secretario de Desarrollo Económico, Licenciado Eduardo Hecker.
Artículo 2 - El presente Decreto es refrendado por los Señores Secretarios de Educación y de Desarrollo Económico, y por el Señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaria de Educación y de Desarrollo Económico.
IBARRA - Filmus - Hecker - Fernández
Buenos Aires, 7 de febrero de 2003.
Visto el Expediente N 7.178/2003 y;
CONSIDERANDO:

DECRETO N 112

Que la Sra. Secretaria de Desarrollo Social, Dra. Gabriela Marta González Gass, se ausentará temporariamente entre los días 10 y hasta el 15 de febrero inclusive;
Que corresponde designar al funcionario que tendrá a su cargo el despacho de la citada Secretaría, mientras dure la ausencia de su titular;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1 - Encomiéndase la atención del despacho de la Secretaría de Desarrollo Social al señor Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Licenciado Raúl Fernández, desde el 10 y hasta el 15 de febrero de 2003 inclusive.
Artículo 2 - El presente Decreto es refrendado por la señora Secretaria de Desarrollo Social y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Desarrollo Social, a la Jefatura de Gabinete y a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. IBARRA - González Gass - Fernández
DECRETO N 108
ENCOMIÉNDASE LA FIRMA DEL DESPACHO
DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN AL
SR. EDUARDO HECKER, SECRETARIO DE
DESARROLLO ECONÓMICO, MIENTRAS DURE
LA AUSENCIA DE SU TITULAR
Buenos Aires, 7 de febrero de 2003.
Visto el Expediente N 7.198/2003, y;
CONSIDERANDO:
Que, el señor Secretario de Educación Daniel Fernando Filmus se hallará ausente de sus funciones entre el día 11 y el 13 de Febrero de 2003;
Que, atento a lo mencionado corresponde designar al funcionario que deberá tener a su cargo la firma del despacho de la Secretaría de Educación, durante el lapso que durará la ausencia de su titular;
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias
DESÍGNASE A LA COMISIÓN DE LA VIVIENDA
AUTORIDAD DE APLICACIÓN DEL PROGRAMA
DE REHABILITACIÓN DEL CONJUNTO
HABITACIONAL COLONIA SOLÁ. CONFÓRMASE
LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y ESTUDIO
Buenos Aires, 17 de febrero de 2003.
Visto la Ley N 459, por la cual se creó el Programa de Rehabilitación del Conjunto Habitacional Colonia Solá, ubicado en Australia Nros. 2725, 2737, 2751 y 2777, teniendo como objetivos la normalización de la situación dominial de la misma, así como su rehabilitación integral, y CONSIDERANDO:
Que la mencionada Ley dispone en su Art. 4º la creación por el Poder Ejecutivo de una Comisión de estudio y seguimiento cuyas misiones principales son la elaboración de un informe pormenorizado de la situación del Conjunto Habitacional Colonia Solá, así como proponer las medidas necesarias a los efectos de resolver las cuestiones allí enumeradas;
Que, asimismo, el Art. 3º de la Ley N 459 establece en cabeza de la Comisión de la Vivienda la obligación de otorgar los subsidios y préstamos necesarios a los efectos de dar cumplimiento a sus objetivos;
Que, en consecuencia, corresponde constituir la Comisión determinada en el Art. 4º, a los efectos de poner en ejecución lo dispuesto en la referida Ley;
Que, a los efectos de la ejecución del Programa de Rehabilitación del Conjunto Habitacional Colonia Solá, resulta necesario designar a su Autoridad de Aplicación y fijar sus atribuciones;
Que, teniendo en cuenta que el Programa creado por la Ley N 459 tiene como objetivo dar solución habitacional definitiva a los residentes del Conjunto Habitacional Colonia Solá, y atento a las competencias asignadas a la Comisión de la Vivienda, corresponde designar a este órgano como Autoridad de Aplicación del referido Programa;
Por ello, en uso de las facultades que le otorgan los artículos 102 y 104, Inc. 17, de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1º - Desígnase a la Comisión de la Vivienda autoridad

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/2/2003

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date20/02/2003

Page count32

Edition count5644

First edition06/08/1996

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