Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/2/2003

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 1629

12/2/2003

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Decretos
Página N 5

Que, conforme lo expuesto precedentemente resulta procedente efectuar la designación de los miembros del Directorio de la Obra Social de Buenos Aires;
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias y conforme lo establecido por el Art. 6 de la Ley N 472;
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1- Desígnanse como miembros del Directorio de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires Ob.S.B.A, a las siguientes personas en el modo y forma que se detalla a continuación:

DECRETO N 100

DESÍGNASE A LOS MIEMBROS DEL
DIRECTORIO DE LA OBRA SOCIAL DE LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES Ob.S.B.A.

Presidente:

Sr. Patricio Datarmini, D.N.I. N 4.312.634.

Vicepresidente:

Sr. Mario Gygli, D.N.I. N 13.601.732.

Directores:

Sra. Marta Ester Grisetti, D.N.I. N 5.652.418.
Sr. Jorge Antunovic, D.N.I. N 4.412.344.
Sr. Juan Stemberger, D.N.I. N 6.393.981.
Ing. Juan Carlos Gómez, D.N.I.
N 10.924.356.
Sr. Horacio Daniel Spandonari, D.N.I
N 11.371.598.
Sr. Aldo M. Ambrosini, D.N.I. N 12.714.115.
Sr. Sergio Ariel Brodsky, D.N.I.
N 16.765.373.

Buenos Aires, 31 de enero de 2003.
Visto la Ley N 472, modificada por Ley N 627, los Decretos Nros 1.558/GCBA/2002, y 1.680/GCBA/02, y el Expediente N 6.648/2003 y;
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley citada en el visto se crea la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires Ob.S.B.A., continuadora del entonces Instituto Municipal de Obra Social I.M.O.S., la que tiene carácter de Ente Público no Estatal, organizada como instituto de administración mixta con capacidad de derecho público y privado, con individualidad jurídica, y autarquía administrativa y económico-financiera;

Artículo 2- El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Hacienda y Finanzas y a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires Ob.S.B.A. Cumplido, archívese.
IBARRA Fernández a/c Secretaría de Hacienda y Finanzas
Que, en el Capítulo II "Dirección y Administración" de la mencionada Ley, se establece que dicha Obra Social será administrada por un Directorio, fijándose su composición y forma de designación, así como sus deberes y atribuciones;

DECRETO N 103

Que, la citada norma establece que el Directorio se encuentra integrado por un Presidente designado a propuesta del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad -SUTECBA-, un Vicepresidente a propuesta del Jefe de Gobierno, y 10 Directores 4 propuestos por el Sindicato, 4 propuestos por el Gobierno de la Ciudad, y 1 propuesto por la Asociación de Médicos de la Ciudad de Buenos Aires;

APRUÉBASE EL REGLAMENTO DEL REGISTRO
DE ANTECEDENTES DE TRÁNSITO DE LA
C.A.B.A. CREADO POR LEY N 594, B.O. N 1215

Que, en este sentido el Secretario General de SUTECBA, Sr.
Amadeo Genta, propone para su designación como Presidente al Sr. Patricio Datarmini, y como Directores a la Sra. Marta Ester Grisetti, Sr. Jorge Antunovic, Sr. Juan Stemberger, y al Ing. Juan Carlos Gómez;
Que, en igual sentido el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, propone para su designación como Vicepresidente al Sr. Mario Gygli, y como Directores a los Sres. Horacio Daniel Spandonari, Aldo M. Ambrosini, y Sergio Ariel Brodsky;
Que, mediante Decreto N 1.591/GCBA/01, de fecha 16 de octubre de 2001, se creó una Comisión Normalizadora, integrada por dos miembros uno en representación de SUTECBA y uno por el Gobierno de la Ciudad, la que tendría por función concretar el Proceso de Reconversión, Saneamiento Financiero y Fortalecimiento Institucional de la Obra Social por un plazo de 270 días, con las funciones y atribuciones que la Ley N 472 confiere al Directorio y a su Presidente;
Que, posteriormente mediante Decretos Nros. 1.558/GCBA/02
y 1.680/GCBA/02, de fechas 19 de noviembre y 13 de diciembre de 2002, respectivamente, se ampliaron los términos estipulados por el Decreto N 1.591/GCBA/01, hasta el 31 de enero de 2003;

Buenos Aires, 3 de febrero de 2003.
Visto la Ley N 594, la Ley Nacional N 24.449, el Decreto N
430/GCBA/02, el Expediente N 30.897/2002, y;
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la Ley N 594 se creó el Registro de Antecedentes de Tránsito, el que coordina su actividad con el Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires y los Registros Nacionales de Antecedentes de Tránsito y de la Propiedad del Automotor, dependientes del Poder Ejecutivo Nacional;
Que, el artículo 8 de la Ley N 24.449 establece la creación de un Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito que concentre la totalidad de la información relativa a infracciones, licencias y accidentología a nivel nacional, a efectos de su consulta;
Que, asimismo, se establece que las jurisdicciones locales deben proveer de toda la información con la que cuenten al citado Registro;

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/2/2003

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date12/02/2003

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