Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/8/2014 (Anexo)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 4462 - 20/8/2014

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 3

ANEXO - RESOLUCIÓN N 696-MJGGC/14 continuación
perjuicio que pudiera sufrir, siendo éste un riesgo voluntariamente asumido por EL
GCBA, con plena libertad y discernimiento. Si la afectación, y por ende el rescate, fuera parcial, se reducirá proporcionalmente el canon a abonar por EL GCBA.-----------2.4. Por su parte, EL GCBA podrá por decisión unilateral rescindir el presente convenio en cualquier momento, debiendo comunicar su decisión, de modo fehaciente a LA CORPORACIÓN, con una antelación mínima de ciento veinte 120 días corridos a la fecha del reintegro del predio, sin que esto de derecho a indemnización alguna.---TERCERA: CANON.
3.1. EL GCBA se compromete a pagar a LA CORPORACIÓN en concepto de canon mensual: a la suma de pesos doscientos veinticinco mil $ 225.000.-, IVA incluido por mes durante el primer año de vigencia del presente contrato; b la suma de pesos doscientos setenta mil $ 270.000.-, IVA incluido por mes, durante el segundo año; c la suma de pesos trescientos veinticuatro mil $ 324.000.- IVA incluido por mes, durante el tercer año; d la suma de pesos trescientos ochenta y ocho mil ochocientos $ 388.800.- IVA incluido por mes durante el cuarto año; y e la suma de pesos cuatrocientos sesenta y seis mil quinientos sesenta $ 466.560.- IVA incluido por mes durante el quinto año de vigencia de este contrato en caso que EL GCBA haga uso de la opción de prórroga prevista en el punto 2.2. antecedente. El pago del canon deberá realizarse por adelantado dentro de los primeros diez 10 días de cada mes. A tal fin, EL GCBA deberá efectuar el correspondiente depósito en la cuenta corriente en pesos Nro.

23467/2 del Banco Ciudad de Buenos
Aires, de titularidad de LA

CORPORACIÓN. Los pagos se considerarán efectuados cuando los fondos respectivos se acrediten en la cuenta antes mencionada, extendiéndose el correspondiente recibo. EL GCBA se compromete a abonar el canon correspondiente a los tres 3 primeros meses dentro de los diez 10 días corridos de la firma del Acta de Entrega de Tenencia. --------------------------------------------------------------------------------3.2. La mora en el pago del canon operará de pleno derecho sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna. El retardo en el pago devengará a favor de LA CORPORACIÓN un interés punitorio mensual equivalente a una 1 vez el promedio de tasas de interés pasivas mensuales para operaciones en Pesos que publica el Banco Central de la República Argentina, el que se aplicará sobre toda suma exigible y hasta su efectivo pago por parte de EL GCBA. Todo pago que efectúe EL GCBA que no cubra íntegramente el capital adeudado y los intereses devengados

About this edition

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/8/2014 (Anexo)

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

CountryArgentina

Date20/08/2014

Page count299

Edition count3417

First edition14/08/2008

Last issue07/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2014>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31