Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/5/2014 (Anexo)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 4392 - 9/5/2014

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
:Jry,o/a/ff// de fll ,;il/lld de, jJllefIO re.v/ ANEXO - LEY N 4909

"lfllÓ"OHil,
ANEXO
LEY 4877
Articulo 1._ Modificase el parágrafo 4.4.8.2 "Agregados a las fachadas y muros visibles desde la via pública" correspondiente al Capitulo 4.4.
"De Las Fachadas", de la Sección 4 "Del Proyecto de las obras", del Código de la Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que quedará redactado en los siguientes términos:
4.4.8.2 a "La colocación o instalación de agregados no establecidos en este Código, sólo se permiten cuando no se afecte la composición arquitectónica del edificio y la estética del lugar.
b En ningún caso se puede sobresalir de los perfiles autorizados por este Código. En los pilares de las aceras cubiertas con pórticos no deben aplicarse agregado alguno, como ser: vitrinas, toldos, anuncios o similares.
c La Dirección puede exigir en los edificios que forman esquina, la reserva de un espacio en el muro de fachada, para la colocación de las chapas de nomenclatura.
d Prohibase colocar en planta baja todo artefacto acondicionador de aire o climatizador de ambientes que se acuse al exterior en fachadas o muros visibles desde la via pública. En el resto de la edificación o estructura, los artefactos acondicionadores de aire o climatizadores de ambientes se podrán colocar en las fachadas de los edificios existentes siempre que su instalación no malogre la composición arquitectónica de la misma y no sobresalga más que ,30 m. dei plomo del paramento.
e En los casos en que la fachada prevea un lugar destinado al emplazamiento de los artefactos acondicionadores de aire o climatizadores de ambientes, éstos deberán ser ubicados en tales espacios. De lo contrario solo podrán ser ubicados dentro de balcones, en vanos existentes, terrazas existentes o patios interiores.
f En los distritos Urbanización Determinada U, Arquitectura Especial AE y Área de Protección Histórica APH del Código de Planeamiento Urbano, asl como en los edificios catalogados por la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano los artefactos acondicionadores de aire o climatizadores de ambientes solo podrán ser ubicados de manera tal que no menoscaben la composición del edificio o destruya ornamentos y/o carpinterias. En dichos casos queda prohibida la
instalación de equipos del tipo "de ventana" en fachadas o muros visibles desde la via pública.


-r"l!lis/at"rt"áea Qif/ad
d",
En todos los casos se deberá tener en cuenta, además, lo establecido flt&lOma lJfll!/l"hJtPev en "Aprobación de fachada" y "Desages
Art. 2. - En aquellos casos en que las distancias a lugares de emplazamiento indicados en el acá pite e superen los 15 m entre la unidad interior y el equipo condensador, éste último podrá ubicarse en 11Ila fachada.
Art 3",- Cláusula Transitoria,- A partir de la publicaci6n de la presente queda establecido un plazo de veinticuatro 24 meses para la readecuaci6n de los artefactos acondicionadores de aire o climatizadores de ambiente a las disposiciones de esta ley, Durante dicho periodo la Subsecretaria de Uso del Espacio Público dependiente11I
del Ministerio de Ambiente y Espacio Público quedará autorizada por la presente Ley a Iniciar las intimaciones necesarias para lograr la -DGALE
INLEG-2014-03719586readecuaci6n a que refiere el párrafo precedente, Art 4,_ Comuniquese, etc"

FIN DEL ANEXO

página 2 de 3

N 2

About this edition

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/5/2014 (Anexo)

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

CountryArgentina

Date09/05/2014

Page count230

Edition count3400

First edition14/08/2008

Last issue15/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Mayo 2014>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031